Fallecimiento madre...

Hace casi 4 meses que murió mi madre... Mi padre y madre hicieron testamento(mi padre esta en vida).
Hace 5 años mis padres compraron una huerta a medias con una hermana de mi madre y su marido.
El año pasado mi madre le vendió su parte a su hermana, pero no hicieron cambio en las escrituras,(hablado así entre ellas). Mi madre se muere en mayo y mi tía le ha pagado a mi padre este verano la parte de la huerta.
Nuestro dilema es que ahora mi padre tiene que aceptar las ultimas voluntades, y le sale este terreno que no es suyo... No sabe si tiene que aceptarlas, le dicen que luego le pueden multar... Y si fallece él, nosotras que somos 3 tendríamos que pagar más... Estamos hechos un lio... Y no sabemos si hablar con mi tía para haber si cambia ella las escrituras y seguido hacer mi padre la aceptación de las ultimas voluntades...
No sabemos que pasos tenemos que hacer... Y si ese terreno nos perjudicara a nosotras si mi padre fallece...
¿Debería pagar mi tía lo que supone el impuesto que supone la huerta?(Por aceptar en las ultimas voluntades)
Legalmente esta a nombre de los 4.

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Respuesta
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Verá usted: Sus tíos han pagado la huerta, por lo que tienen derecho a que sea suya.
Y solamente será suya su en el registro de la propiedad aparece a su solo nombre.
Como comprenderá, si un día quieren vender, no podrían hacerlo, porque no estaría solo a su nombre.
Y la cosa quedaría así de por vida.
Y no es lógico.
Y el registro de la propiedad va paso a paso. Nunca se "salta" una transferencia.
Si está a nombre de su madre, es imposible que puedan sus tíos ponerlo a su nombre.
No queda más remedio que usted, sus hermanos y su padre, acepten la herencia incluyendo esa huerta.
Con esa escritura notarial es con la que conseguirán llevándola al registro, poner la finca a nombre de su padre y de ustedes, y luego ya podrán firmar otra escritura en el notario donando o cediendo o lo que sea, la huerta a sus tíos, y así ellos llevarán la escritura al registro y serán dueños registrales.
Dueños de verdad.
Así que su madre vende, y por ahorrarse las escrituras, no hacenante notario la compra-venta.
Ahora son más gastos.
Primero porque ustedes van a aceptar una finca que no les corresponde y pagarán impuestos por ello.
Y luego han de hacer la escritura notarial de compra-venta con sus tíos.
Los impuestos, por ley (salvo pacto en contrario), los pagan los compradores.
El vendedor solo paga la plusvalía que es un impuesto municipal, que en este caso saldrá gratis, ya que al aceptar la herencia ustedes lo habrán pagado para poder hacer suya la huerta.
¿Qué debe pagar sus tíos?
Pues eso ya es cosa de ustedes.
Legalmente, ya lo he explicado los impuestos que hay y quienes deben pagarlos.
Pero en este caso, ¿Quién es el culpable de que cuando su madre y su padre vendieron la huerta no hicieran las escrituras con sus tíos?.
Imagino que todos un poco.
Este es un tema que "moralmente han de decidir ustedes.
Por otro lado, el tema que apunta de los impuestos, pues si.
Hay que pagar los impuestos de sucesiones sobre lo que se hereda.
Y con la escritura de aceptación de herencia y el resguardo del pago de ese impuesto, es con lo que van al registro de la propiedad y pondrán la huerta a nombre de ustedes.
Luego ya se la "traspasan" a nombre de sus tíos.
Ya puede perdonar mi ignorancia... En las escrituras figuran los 4 que son mi tío, mi tía(hermana de mi madre) mi padre y mi madre( ya fallecida);luego en las escrituras mi padre ya aparece como parte de esa huerta...¿entonces no tenemos que ir al registro.? ¿Verdad?.. mi padre tiene parte de esa huerta...lo que seria, ¿es aceptar la parte que era de mi madre no? ¿Es así? Lo que no entiendo porque tenemos que poner la huerta a nombre de nosotras que somos las hijas(si ya estaba mi padre desde el principio con mi madre).
Como ya le comente pagaron este verano lo que le correspondía a mi padre(lo que habían acordado... que yo no lo se)
(Mi tía y mi tío no querían cambiar las escrituras así se quitaban de pagar el impuesto, mi madre y mi padre no se opusieron ...)
¿Moralmente mi tía debería pagar el impuesto que toca pagar ahora por algo que no tenemos?
Gracias.
Y perdón por la tardanza.
Llevo un par de días malos.
Bueno, le cuento.
Ya le he comentado que en el registro de la propiedad no puede haber saltos.
Si una finca es de Pepe y se la vende a Juan y este a Antonio, es del todo imposible que si en el registro aparece que el dueño es Pepe, se pueda poner a nombre de Antonio.
Antonio jamás será el propietario si no es propietario registral.
Por eso, primero ay que inscribir la escritura en la que Pepe vende a Juan y después de eso (y no antes), se podrá inscribir la escritura en la que Juan vende a Antonio.
Con lo suyo pasa lo mismo.
La finca está a nombre de 4 personas.
Una ha fallecido.
Pues los herederos de esa persona fallecida han de hacerse dueños de su parte aceptando su herencia.
Una vez sean dueños de esa parte, mediante escritura notarial, la llevan al registro y ya en el registro aparecerá que los nuevos propietarios son sus tíos y su padre y además, usted y los hermanos.
Y entonces, es cuando pueden ir al notario y firmar la escritura en la que venden a sus tíos.
Porque ya le he comentado que el notario, lo primero que hace es comprobar en el registro de la propiedad quienes son los propietarios.
Y no va a hacer la escritura si los propietarios registrales no firman todos.
Y resulta que su madre ha fallecido.
No puede ir a firmar.
Entonces, jamás podrán ser sus tíos propietarios, no podrán alquilar, ni vender... nada.
Porque no van a ser propietarios registrales.
Es un engorro. Ya lo se.
Y hacer escrituras, y pagar impuestos, y aceptar la herencia y molestias... pero si se hacen bien las cosas, bien hechas quedan.
Fueron sus tíos los que no quisieron hacer nuevas escrituras para ahorrarse el impuesto.
Pues ellos son los culpables dfe esta situación.
Ahora, hay dos temas:
Uno el legal.
Legalmente la finca es de sus tíos, de su padre y de ustedes.
Moralmente ustedes supongo que no se oponen a que sus tíos pasen a ser los únicos propietarios.
Pero si ya no lo son es porque ellos no quisieron.
Y si ahora hay más gastos, es porque ellos no quisieron hacer las cosas bien.
Yo creo que moralmente, ellos deben pagar su parte de aceptación de herencia, los gastos que a ustedes se les originen por tener que registrar la finca a nombre de los herederos y después, la escritura de compra-venta y pagar los impuestos.
Legalmente, los impuestos de compra-venta los pagan los compradores.
O sea, que no los pagaron antes y han de pagarlos ahora.
Los vendedores solo han de pagar la plusvalía, que no es mucho.
Al aceptar la herencia, ustedes han de pagar el impuesto de sucesiones y la plusvalía.
Si antes de un año hacen la escritura de compraventa a nombre de sus tíos, parta que de verdad sean propietarios, no tendrán que pagar de nuevo la plusvalía.
Yo creo que todo es razonarlo con ellos, pero estoy con usted que es lo correcto que ellos paguen los gastos originados por no haber querido en su día hacer las cosas bien.
Y desde luego, si no pagan y ustedes no les hacen las escrituras de compraventa, ellos legalmente solo van a ser propietarios de la mitad de la huerta.
Y repito, nunca podrán venderla, ya que el notario obligará a que firmen la venta los propietarios registrales.
Luego vienen los problemas.
Imagino que sus tíos tendrán hijos.
Pues el día de mañana, esos hijos nunca podrán ser dueños.
No podrán heredar la propiedad de la finca entera.
Solo heredarán la mitad.
En fin, lo dicho.
Lo mejor es hacer las cosas bien en su momento.
Un saludo, y por favor no olvide finalizar la pregunta, para que pueda contestar otras.

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