Hola, te voy a explicar mi caso para ver si me puedes resolver algunas dudas que tengo. Hace unos meses murió mi padre con el que yo no tenia ninguna relación desde que mis padres se separaron, por lo que tengo entendido no ha dejado ningún testamento hecho. Yo tengo dos hermanos más y uno de ellos esta intentando poner el coche de mi padre a su nombre ¿lo puede hacer sin que firmemos los otros dos hijos? La otra pregunta va referida a la casa que mi padre tenia en propiedad ¿se la pueden quedar algunos de los dos sin que yo firme ni me den la parte que me corresponda? Si hubiera alguien que declarara que mi padre quería que la casa fuera para uno de ellos ¿se la puede quedar sin pagarnos lo que nos pertenece? Muchas gracias y espero que me puedas ayudar
Pues lo primero de todo es saber si dejó o no testamento, porque la herencia puede variar en mucho. Primero conseguir certificado ORIGINAL de defunción. El la misma funeraria que hizo el sepelio (que siempre piden de más, ya que son gratis), o en el registro Civil. Con ese certificado se va al ministerio de justicia y se solicita un "certificado de últimas voluntades". En este certificado dice si hizo o no testamento y ante que notario y en que fecha. Si hizo varios, el v´ñalido es el más reciente.- No tienes más que ir a ese notario y pedir copia del testamento. Y ver cómo ha repartido su herencia. De todas formas, los dos certificados mencionados, guardalos muy bien. No se los des a nadie. Solo fotocopias. Sin esos dos certificados originales, tendrás cerradas todas las puertas. Si hay testamento, habrá hecho la distribución de su herencia. Si no hay testamento, su herencia al completo es para los hijos a dividir a partes iguales. Por ejemplo el coche: Sería de los tres hijos. Un tercio para cada uno. Salvo que en el testamento se lo adjudique a uno, o que lleguéis a un acuerdo en el reparto de la herencia. Todo ABSOLUTAMENTE TODO lo que vuestro padre haya dejado constituye la llamada "masa hereditaria". Por tanto, hay que aceptar la herencia. Las herencias son un derecho, no una obligación, por ello, se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar. Tanto una cosa como la otra ha de hacerse ante notario. En el notario firmareis el llamado "cuaderno particional", que es la escritura de aceptación y reparto de herencia. El coche, pues es de los tres, en principio. Un jaleo. Y la ley os permite antes de firmar el cuaderno particional a que os reunáis, tratéis el tema, y os repartáis la herencia a vuestro gusto. Luego, ese acuerdo se plasma en el cuaderno particional. O sea, que uno puede quedarse dueño pleno del coche, compensando a los otros dos con dinero u otra parte de la herencia. Pero desde luego, para que uno solo pueda poner ahora mismo el coche a su nombre, ha de hacerlo rellenando el impreso de transferencia firmado por el propietario. Y el propietario ha fallecido. Así que comprenderás, que si falsifica la firma y lo pone a su nombre, ya tenemos falsificación de documento público, falsificación de firma, apropiación indebida... en fin... que multa, altita y si no va a la cárcel, será por milagro. Y por supuesto, perderá la propiedad del coche, que pasará a los herederos. Respecto a la casa... ídem de ídem. Hay que aceptar la herencia. ¿Qué uno se la quiere quedar? ¿Qué los otros están conformes? Pues a reunirse como ya he dicho, se acuerdsa una compensación y en el cuaderno particional se refleja que la casa es para él. Y todos firman, como que están de acuerdo. Por cierto, que hacienda da seis meses de plazo, tras el fallecimiento para el pago de los impuestos de sucesiones. Pasado el plazo, te ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora Y cada día que pasa se debe un poquito más. Luego viene la multa de hacienda por defraudación. Y son altitas. Así que no hay que dormirse. Es peligroso. Y eso de si "alguien declarara"... "que la casa era para él"... de eso nada de nada. Aquí, en España, lo que valen son los documentos firmados, y el testamento firmado ante notario tiene más validez que 20.000 palabras. Así que lo primero... a conseguir el testamento. Puedes hacerlo tu sola. Cada heredero puede hacerlo por su cuenta. Aunque no pasa nada si uno lo consigue, le da copia a los demás, y ya se abla. Un consejo: "Más vale un mal arreglo que un buen pleito". Las herencias dan muchíííííííííísimos problemas como no haya espíritu negociador y buena voluntad por las partes.
Otra preguntita, en el caso de que utilicen el coche que es propiedad del difunto sin cambiar el nocmbre del propietario, los otros dos herederos ¿podemos tener algún tipo de problema? No me quedo tranquila de que utilicen el coche, que lo van a hacer y pase algo y me pueda ver yo en un marrón o tener que pagarle a alguien. Muchas gracias
Mientras no acepte la herencia no es dueña de nada. Por tanto, ni puede exigir que no se use el coche, ni lo puede autorizar. En caso de pasar algo, por supuesto que el responsable será el conductor. Pero es verdad que en caso de un accidente de esos que "a mi nunca me va a pasar", que sea algo "gordo", se supone que llevará seguro el coche, que tendrá pasada la ITV, porque si hay que pagar indemnizaciones, pueden recurrir contra el propietario y sus bienes. Y el propietario está fallecido. Pero tiene herederos. Y las herencias se aceptan o se rechazan al completo. O sea que se aceptan derechos y obligaciones. Se aceptan bienes y deudas. Y si el coche tiene una carga... hay que pagarla. ¿Hasta dónde puede llegar la cosa?... Vaya usted a saber. Todo depende de muchos factores, de lo que pase, de las pruebas, y de lo que decida el juez, que ya nos tienen acostumbrados a unas sentencias de lo más ilógicas. O sea, una incertidumbre. Pero una de dos, o les denuncia por utilizar el coche, con lo cual ya quedan cubiertas sus espaldas, o "consiente" (Ya sabe eso de "el que calla otorga"), con lo que según lo que pase podría tener responsabilidades. Y lo que puede pasar son millones de cosas. Imposible analizarlas todas. Un saludo y no olvide finalizar la pregunta.
Para finalizar te quiero hacer otra pregunta, mientras se resuelve lo de la herencia y todo, la persona que se hace cargo de los gastos de agua, luz, contribución y todo lo demás de la casa que es propiedad del difunto ¿tiene alguna ventana a la hora de heredar si no hay testamento? Es que mi temor es que la que quiere adueñarse de la casa y del coche se haga cargo de los gastos intentando tener alguna ventaja. Muchas gracias y ya no te molesto más
Ninguna ventaja. Cuando se acepte la herencia se le paga cada uno su parte y listo. Hay gente que cree que poniendo el recibo de la contribución a su nombre, ya adquiere más derechos. Solo adquiere la obligación de pagarlo, llevar las cuentas pasarlas a los otros herederos y cobrar. Luego, lo conveniente es abrir una cuenta (mejor mancomunada), los tres herederos y poner cada uno una cantidad estimada en los gastos de mantenimiento del piso, recibos, IBI, etc. Cada año, se fija una cantidad y cada uno ingresa la misma. De esa forma tosod pagan lo mismo y el dinero sobrante es de los tres, ya que cuando se venda el piso o lo que sea, sin la firma de los tres el banco no da dinero. Así que no te preocupes. Los derechos los da el testamento o la ley de sucesiones, no el pago de los recibos.