Herencia de tíos a sobrinos. ¿Puede un hermano reclamar algo?

Mi tía ha fallecido, me ha hecho heredera universal de todos sus bienes en el cual se incluye un piso ella era viuda y no tenia hijos pero si tenia un hermano quería saber si su hermano me puede reclamar algo y cuanto tendría que pagar yo al fisco vivimos en baleares.

1 respuesta

Respuesta
1
En las herencias hay que respetar las legítimas, que son una parte de la herencia de las que los testadores no pueden disponer libremente por haberlas reservado la Ley para los llamados "herederos forzosos".
O se, que los herederos forzosos, han de heredar una parte obligatoriamente.
Los herederos forzosos son por este orden:
1º los hijos y descendientes.
2º si no los hay, los padres o ascendientes.
Si tampoco los hay, es el cónyuge sobreviviente.
Así que si no hay ninguno de los mencionados, toda la herencia es de libre disposición.
Puede dejársela a quien guste y repartirla a su antojo.
Ni hermanos, ni sobrinos ni primos tienen ningún derecho si no se les nombra en el testamento.
Incluso podría haber dejado toda su herencia a una amiga, a un vecino, a una ONG...
Así que su hermano, no puede reclamar nada.
Respecto al fisco, decirle que no se basa en la tasación de precio de mercado del piso.
Se toma como referencia el valor catastral. El que viene en el recibo de la contribución, que suele ser como cinco veces menor.
Pero luego, hay que multiplicarlo por un coeficiente que depende de la comunidad autónoma, e incluso de la población. (Por 2, por 2,3, por 3,1... depende de cada población).
Los impuestos los tiene delegados hacienda en las comunidades autónomas y cada una va por libre.
Unas ya no lo cobran, y otras si.
Otras lo han anulado, otras reducido grandemente, otras lo han dejado en una cantidad simbólica.
Usted con recibo de la contribución en que se ve la referencia catastral y el valor catastral, puede hacer la consulta en la oficina liquidadora de su comunidad.
Ellos lo meten en el ordenador y dependiendo de lo dicho, de lo actualizado que esté el catastro, de su edad, de sus condiciones personales, de si tiene una minusvalía... en fin, de muchos datos que le pedirán, le harán el cálculo.
Es sin ningún tipo de compromiso.
Ya están habituados a estas consultas.
Decírselo por aquí, es prácticamente imposible.
Lo que si que le puedo decir es que dan seis meses de plazo para el pago de los impuestos.
Pasado el plazo, te ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora.
Y cada día que pasa se debe un poquito más.
No hay que dormirse.
Y si se deja pasar más tiempo, dos o tres años, al final, te ponen una multa (Y son altitas), y hay que pagarla además de los impuestos, el recargo y los intereses.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas