Problema con herencia de casa

Buenas tardes. Mi madre ha fallecido, dejando una casa como herencia. Los herederos éramos cinco hermanos, pero uno de ellos acaba de fallecer. Este estaba casado con una mujer inglesa de la que se divorció en reino unido pero no aquí en España. Ha dejado dos hijos, que adoptaron los apellidos de otro hombre con el que su madre se casó hace años. Estos dos hijos no quieren vender la casa, pues la quieren para pasar las vacaciones. Mi pregunta es: ¿Podemos vender la casa sin su consentimiento, pero darles luego la parte que les corresponde por su padre ( mi hermano)? ¿Tiene su ex mujer algún derecho sobre esta herencia, o sólo sus hijos?
Muchas gracias por su atención.
Respuesta
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Estimada silma3678,
En primer lugar, antes de contestarle, necesitaría saber:
- El domicilio de su madre y de su hermano fallecido (para saber la legislación aplicable)
- Dice que los hijos tenían los apellidos de otra persona, luego ¿no eran hijos de su hermano?.
Con esto podría intentarse una orientación
Buenas tardes, y gracias por la atención.
Nosotros vivimos en Málaga. Los hijos sí son de mi hermano, dos, pero al casarse su ex mujer con otro hombre, estos hijos adoptaron los apellidos de este otro hombre que se ha comportado como su verdadero padre.
No sabemos si mi hermano está o no está divorciado aquí en España. Su ex mujer sí sabemos que se volvió a casar, además repetidas veces, por lo cual, no sabemos si el divorcio tiene validez aquí. Estamos dispuestos a darle a estos sobrinos l parte que le corresponde de la herencia de su padre, mi hermano, pero, como éstos se oponen a vender la casa pues la quieren utilizar para residencia de veraneo, sin contar con nosotros, necesito saber si dispongo de vía libre para poner en venta esta casa. Mi madre falleció hace dos meses.
Muchas gracias de nuevo.
Estimada silma3678,
Realmente si sus sobrinos no fueron adoptados por otra persona, es decir, seguían siendo hijos de su hermano fallecido, necesariamente necesitará el consentimiento de los mismos para poder llevar a efecto la venta de la vivienda. Si no quieren firmar, no le quedará otro remedio que acudir a los tribunales para iniciar el procedimiento que corresponda.
Por lo que se refiere al divorcio de su hermano, en principio, por lo que dice, parece que el mismo también tendrá efectos en España, si bien puede ocurrir que le exijan su inscripción en el Registro civil español. En este sentido el REGLAMENTO (CE) No 2201/2003 DEL CONSEJO de 27 de noviembre de 2003 prevé la inscripción en el Registro civil con una certificación del órgano judicial en que se hubiere casado. En cualquier caso si su hermano no hizo testamento, necesitará instar un acta de declaración de herederos en donde un notario dirá que los herederos de su hermano son los dos hijos que uds. menciona. Desgraciadamente todos estos trámites pueden ser muchísimo más complicados de lo que podría parecerle.

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