Dudas sobre herencia

Buenas tardes:
A mi tío de 80 años le acaban de detectar un cáncer terminal. Hemos sabido que la casa en la que vive no está a su nombre. El la heredó de su padre (mi abuelo) pero nunca la puso a su nombre.
¿Cuáles son los pasos que deberíamos seguir para regularizar la situación?.
Gracias de antemano.

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1
Pues tienen que hacer lo que se hace cuando hay una herencia tras el fallecimiento de una persona.
Las herencias son un derecho. No son una obligación.
Es decir, que se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar.
Y tanto una cosa como la otra, ha de hacerse ante notario.
Así que comprenderá que mientras no se acepte la herencia ante notario, no se es dueño de nada.
Así que lo primero de todo, (que espero estemos a tiempo), es solucionar la herencia de su tío para que pase a ser propietario de la herencia que le dejó el abuelo.
Les indico los pasos a seguir, que son totalmente necesarios.
1º- conseguir certificado original de defunción.
2º- con ese certificado van a la secretaría del ministerio de Justicia de su ciudad y piden un "certificado de últimas voluntades".
3º- En el de últimas voluntades, les dirá si dejó o no testamento.
Si dejó testamento, van al notario que ponga y le piden copia.
Si no dejó testamento, van a un notario y hacen la declaración de herederos.
Lógicamente ha de ir su tío, y hermanos si los tiene.
Porque me dice que esa casa la heredó de su padre, pero no me dice si mediante testamento, que sería lo válido, ya que si el abuelo no hizo testamento, la cosa se va a complicar bastante.
En notaría le prepararán la escritura de aceptación de herencia y pasará a ser dueño de la finca, una vez lleve esa escritura al registro de la propiedad y la inscriban a su nombre.
Esto es importante, porque si no, cuando fallezca, los herederos van a tener miles de problemas y gastos.
Por cierto, que espero que su tío haga testamento o lo tenga hecho. No sabe lo que eso facilita las cosas a sus herederos.
Al notario, aparte de los dos certificados (que ya digo son totalmente imprescindibles) y el testamento, han de llevar un recibo del IBI (Contribución), en que se vea el valor catastral y la referencia catastral de la casa.
Bueno, creo que no me dejo nada, pero si le queda una duda en concreto me la plantea ¿vale?.
Muchas gracias por su respuesta. De todas formas, he conseguido recabar más datos y se me plantean nuevas cuestiones.
Mi tío si que hizo la aceptación de herencia todo y que nunca cambió las escrituras de la casa y no las puso a su nombre. El no tiene testamento, pero decirle ahora que lo haga nos resulta un tanto difícil.
En el caso de que no hiciese testamento, más o menos cuales serian los gastos de declaración de herederos contando que: no tiene esposa ni viuda, ni hijos. Solo dos hermanas.
Gracias...
Si no hace testamento, los herederos pasarían a ser los hermanos a partes iguales.
Y si uno huibiere fallecido, su parte pasa a sus respectivos herederos.
¿La declaración de herederos? Pues los notarios tienen unas tarifas, y las aplican m´ças o menos. Como las tiendas de ropa, unas cobran por un pantalón 10 euros y otra por el mismo cobra 20.
Y cobran por la valoración de todo lo heredado y por el número de herederos... y si hay condicionantes, pues algo más.
O sea, que imposible decirles lo que les va a costar. Habrían de preguntar a un notario.
Pero son gastos que se ahorran si hace testamento.
Pero es verdad, que a veces es duro el decirle a alguien en esa situación que lo haga.
Ahora el tema de que hizo la aceptación de la herencia y no cambió las escrituras.
Es que la aceptación de herencia es ante notario y el notario te da una escritura y esa es la escritura.
Y ya está cambiada la propiedad a su nombre. Es que no hay más.
No hay que cambiar ahora ninguna escritura ni nada. La que vale es la que le dio el notario en su día.
Otra cosa es que se la llevara a casa y no la llevara al registro de la propiedad a inscribir la casa a su nombre.
Tal vez sea eso lo que quieren decir.
Pues se coge esa escritura, la llevan ustedes mañana al registro, y en paz.
No les hace falta hacer ninguna escritura nueva.
Porque la única válida es la que le dio el notario al aceptar la herencia.
Bueno, creo que eso era todo lo que preguntaba.
Un saludo y si no tiene más que añadir, no olvide finalizar la pregunta.

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