Disculpadme por mi ignorancia pero no entiendo nada de herencias. Al grano... Mi padre falleció recientemente sin hacer testamento, y ahora quedamos mi madre, un hermano y yo. Mi madre y mi hermano viven en el mismo chalet, y yo vivo independizado. El tema es que mi hermano tiene problemas con el juego, y se ha declarado insolvente ante sus acreedores. ¿Pueden embargarle la casa a mi madre?
¿Quería saber qué pasará cuando desgraciadamente falte mi madre, con la herencia de ese chalet? Si las financieras quieren embargarle a él su parte del chalet, ¿qué pasa con la mía? ¿Ya qué no se puede partir por la mitad ese chalet no? ¿Pago yo esa deuda y el chalet es íntegro de mi propiedad? ¿Qué solución puede haber? Gracias.
En estos temas, sin datos muy exactos, corro el riesgo de no contestar correctamente. Imaginaré que sus padres estaban casados en gananciales. Imaginaré que el chalet lo compraron en gananciales y por tanto está a nombre de los dos. Imaginaré que su madre no ha firmado nada, con respecto a las deudas de su hermano. Bueno, pues decirle que tranquilo, aunque el peligro está a la vuelta de la esquina y no va a desaparecer. En cualquier momento aparecerá. Pero el que más se debe preocupar es su hermano. Y ya dependerá de su posición económica. Contra más dinero tenga usted, más seguro estará, más fuerte será y menos daño le podrá hacer la situación. Si es como me imagino, su madre es propietaria del 50% del chalet. Por gananciales. Y ustedes, los dos hijos, han de aceptar la herencia de su padre, que es el otro 50% del chalet. Porque al no haber testamento (Imaginaré que lo han comprobado... como se debe), los herederos son los hijos a partes iguales. ¿Qué hacer? Pues lo primero es aceptar la herencia de su padre. Necesitan certificado original de defunción y con él, se saca el de últimas voluntades. Ambos certificados les son imprescindibles para aceptar la herencia. Con los dos certificados, van a un notario y les hará la declaración de herederos, y posteriormente el cuaderno particional, que es la escritura de aceptación y reparto de herencia. Cuando lo hagan, el chalet aparecerá en el registro de la propiedad, que su madre es dueña del 50%, y ustedes dos de un 25% cada uno. De esto no se libran por mucho que dejen pasar los años. Tarde o temprano habrán de hacerlo. Porque ustedes tienen dos herencias. La de su madre y la de su padre. Son dos herencias diferentes. Y no se mezclan en ningún momento. Hay que hacer dos aceptaciones. No tienen nada que ver la una con la otra y hay que aceptarlas las dos por separado. Por supuesto, que ningún banco va a dar un préstamo a alguien con la garantía de una propiedad en la que la propiedad es compartida por otros. Legalmente nadie puede hacer nada con el chalet, sin la firma de todos los propietarios. Pero usted de momento no es propietario. Las herencias son un derecho, no una obligación. Osea, que se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar. Y tanto una cosa como la otra ha de hacerse ante notario. Cuando ustedes ante notario digan que aceptan la herencia, les darán una escritura que llevarán a la oficina liquidadora de su comunidad, pagarán los impuestos de sucesiones, y luego la llevan al registro de la propiedad y ya si que serán propietarios de verdad. Por cierto, que hacienda da seis meses de plazo para el pago de los impuestos de sucesiones. Pasado el plazo, te ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora, y cada día se debe un poquito más. Eso sin contar con que tras dos o tres años, hacienda detecte que ha fallecido su padre y les ponga una multa por defraudación, que habrán de pagar además de lo dicho. (Y las multas son altitas). Le doy tantas explicaciones porque dice que no sabe nada de herencias, y si solo le contesto a su pregunta de forma escueta, le van a quedar muchas dudas. Bueno, otra cosa: ¿Pueden embargarle a mi madre?... pues claro que no. Salvo que ella haya firmado algo. ¿Cuándo su madre fallezca? Pues han de aceptar la herencia de su 50% y ya será el chalet de los dos hermanos. ¿Qué le embargan a él? Pues es posible, pero solo su parte. A usted no le afecta, e incluso podría beneficiarle. Si tiene dinero preparado y firmando todos, paga usted y se queda con la parte de su hermano, a bajo precio. De todas formas, si la deuda se inscribe en el registro de la propiedad, habrá otro propietario, que tendrá parte de la herencia. Pero solo a la parte de su hermano. La Ley, ampara el derrecho de cualquiera de los copropietarios o coherederos a solicitar la división de la herencia. Se inicia proceso judicial y como el chalet es indivisible, el juez ordena su venta en pública subasta. Todos salen perdiendo. Y el dinero que se obtenga en la subasta (apenas un 60% del valor real), se repartirá entre los propietarios registrales. Por eso interesa que usted acepte la herencia y aparezca en el registro de la propiedad como propietario. Si las financieras le embargan a su hermano su parte, serán las primeras interesadas en llegar a un acuerdo, para recuperar su deuda. Por eso es conveniente que usted tenga dinero preparado. Porque ni a las financieras les interesa el sacarlo a subasta. Pero si no ven otra forma de recuperar su dinero, lo harán. Pero siempre intentarán llegar a un acuerdo. Y ese acuerdo, le será muy perjudicial si no tiene la fuerza que da el tener el respaldo de una buena cuenta corriente. Para poder negociar sin apuros. Con dinero, podrá negociar sin miedo a una posible subasta, en la que muy posiblemente se quedara usted con el chalet en plena propiedad a bajo precio. Porque usted puede ir a la subasta y pujar. Y solo ha de comprar la parte que no es suya, osea, que pone poco dinero. Pero pagar usted la deuda... y pasar a ser propietario... pues si, pero firmando su hermano. Y todo ante notario. Y por supuesto, siempre dirá que usted se ha aprovechado de él. Por eso, si llega la cosa a subasta, puede conseguir la propiedad tal vez a menor precio, y su hermano no podrá decir nada. Eso son temas que usted debe madurar en su cabeza. Y si el futuro se ve negro... porque una ludopatía persiste y es difícil erradicarla, puede hablar con su madre y que haga testamento. Todos deberíamos hacer testamento. Facilita mucho las gestiones a los futuros herederos, les ahorra gastos, y solo cuesta unos 40/50 euros. En el testamento, puede repartir su herencia de manera que su hermano reciba lo menos posible para que le embarguen lo menos posible. Eso el notario les aconsejará de la mejor forma. Y de esa manera, lo que le embarguen, será lo menos posible. Osea, que podría llegar a dejarle la estricta legítima que sería un 16,66%, en lugar de un 50%. Originando que la posición de usted en ese futuro hipotético sería más fuerte, pues tendría el 83,33% de la herencia de su madre.(De su madre). ¿Si paga la deuda seria el chalet de su entera propiedad?. Pues ahora no. Ya le digo, que a un hijo no se le puede desheredar, pero se le puede dejar lo mínimo. Y su madre está viva. Por tanto su madre haciendo testamento, le dajaría dueño a su hermano de un 16,66% de su parte pero además sería dueño de la mitad de la otra mitad. De la de su padre. Pero llegado el momento, todo es negociable. Usted incluso puede hablar con su hermano antes de ir a aceptar la herencia de su padre y que el 50% de su padre sea todo suyo, a cambio de compensarle a él con un dinero. Pero hay que negociar ese dinero. Ya él verá lo necesitado que anda. Contra más necesidad tenga, más fácil es que ceda por una cantidad menor.. La Ley permite que lleguen a un acuerdo antes de la firma ante notario. No es obligatorio que cada uno se adjudique un 50% de la herencia de su padre. Bueno. Me dejo un montón de cosas, pero es que esto de las herencias es complicado. Más o menos, ya le he dado unas pistas, ahora si quiere puntualizar algo, no dude en exponerlo. Y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.