¿Cómo repartir la herencia?

Hola, quisiera que me respondiera a algunas dudas sobre un problema de la materia que se ha presentado en mi familia. Mi abuela donó a su hijo ciertas propiedades (a sus otras dos hijas también, como adelantando lo que iba a aparecer en testamento) manteniendo el usufructo para sí, pero hace poco murió mi tío y ahora se han planteado ciertas dudas con aquellos bienes que mi abuela no ha repartido aún (un bajo y una finca).
1. ¿Puede mi abuela dejarle la finca y el bajo a sus dos hijas vivas sin tener que dejarle parte a los hijos del fallecido, o por el contrario les corresponde por legítima?
2. En caso negativo, ¿puede darles el local para así no tener que repartir la finca con ellos, o a ser posible una compensación económica?.
Si te sirve de aclaración decir que el patrimonio heredado por los hijos de mi tío fallecido es bastante elevado, es por ello que mi abuela quiere dejarle la finca a sus hijas.
Muchas gracias por su atención. Un saludo.

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Pues de entrada, no me dice claramente si hay o no testamento. Tampoco dice otras cosas, como si por ejemplo, los bienes que deja su suegra son privativos suyos. Parece querer indicar que si que hay testamento, pero también parece que son suposiciones y que su suegra no ha fallecido aún. O que si ha fallecido, no saben si lo hay ni su contenido.
Las herencias son a veces complicadísimas y sin datos, no hay forma de contestar.
En fin, le contestaré de forma general:
A un hijo no se le puede quitar al menos la legítima.
Si son tres hijos, la legítima mínima que a cada uno corresponde, (contenido del testamento aparte), es un 11,11%.
Mientras un hijo reciba ese 11,11%, puede repartir su herencia entre los otros dos a su antojo.
Osea, que como ustedes sabrán las valoraciones de lo donado en vida y de lo que queda en herencia tras el fallecimiento, son ustedes los que pueden sumar y calcular.

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