Reclamación legítima

Buenas tardes, mi padre falleció hace 4 meses, ya he obtenido de la Notaría correspondiente una copia del testamento, en la que el causante me lega lo que por legítima estricta me corresponda. Hace 3 años falleció mi madre, y en su testamento aparecía exactamente lo mismo, indicando que legaba a su esposo el usufructo vitalicio de sus bienes... Pues bien la masa hereditaria esta compuesta por 6 bienes inmuebles, una sociedad de responsabilidad limitada, y dinero en cuentas corrientes... Hace 3 años únicamente se repartió una cuenta corriente, es decir se repartió la mitad de ella, ya que el régimen era de gananciales...
Cuestiones:
1)¿Es ahora que han fallecido ambos cónyuges cuando debo reclamar la totalidad de mi parte como legitimario? Ya que sólo se repartió una cuenta corriente...
2)¿El resto de mis hermanos que pretenderán quedarse con los bienes inmuebles (ya que todos son herederos por iguales partes indivisas) son los que deben pagarme en dinero mi legítima?
3)Y por último, ¿cree qué debo esperar a que sean ellos los que se pongan en contacto conmigo para realizar la partición de la herencia en escritura pública? O bien, iniciar ya algún tipo de acción judicial, ¿o al menos requerimientos formales a través de un abogado?
Muchísimas gracias por su colaboración.

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Pues el tema es complicado de narices.
A ver si puedo ser breve.
No se si le recomendé que busque en Google un articulo. Ponga: "pro indiviso la manzana de la discordia". Le va a aleccionar mucho. Léalo.
Por otro lado, para hacer cualquier cosa con la herencia, hay que contar con el consentimiento de todos los herederos. Por mucho que usted tenga solo un 6%, sin su consentimiento no pueden hacer nada. Esto no va por mayorías de tantos por cientos, ni de votos.
De hecho, si alguno vive en algún piso, habría de llegar a un acuerdo con los demás, y fijar un alquiler y pagarlo a los hermanos. Usted está en su derecho de reclamarlo. Lo malo es que es muy poco su tanto por ciento y serian más los gastos de abogados y costas que lo que sacara al final.
Lo mejor, ya se lo he dicho: Llegar a un acuerdo. Si no... Pues aplicamos el artículo 1062 del código civil: "Cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho popr su división, podrá adjudicarse a uno a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero"
Y en su segunda parte dice: "Pero bastará con que uno solo de los herederos pida su venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, para que así se haga".
Osea, que como un piso no se puede dividir, pueden (si quieren) darle su parte en dinero. Si no, usted a pesar de tener un tanto por ciento muy pequeño, puede pedir que se vendan en pública subasta y la subasta habrá de hacerse por mucho que se opongan. Lógicamente, todos salen perdiendo, se enfrentan a tres o cuatro años, para resolverlo, y preparen todos (TODOS), unos cuantos milloncitos de gastos.
Pero la Ley, le ampara.
Artículo 1051: "ningún coheredero, podrá verse obligado a permanecer en la indivisión de la herencia, a menos que el testador, prohíba expresamente lo contrario".
Artículo 1052: "Todo coheredero que tenga la libre administración y disposición de sus bienes, podrá en cualquier tiempo pedir la división de la herencia".
Total, que tiene todo el derecho del mundo a reclamar su parte y si por las buenas no se la dan, puede demandarlos. Y el juez, ordenará la pública subasta (o usted puede pedirla) y de lo que se saque, le dará el juzgado su parte.
El problema (por eso le decía al principio que esto es muy largo), que debe tener muchas cosas en cuenta. Principalmente, que su tanto por ciento es muy pequeño, que los gastos serán iguales para las dos partes (varios millones). Y que pueden todos asistir a la subasta y pujar, pero claro, luego el juez, da solo 20 días para poner el dinero a aquel que se haya adjudicado un bien. Y es mucho dinero. Muchos millones. No creo que usted los tenga disponibles en su cuenta del banco.
Por eso le digo, que más vale un mal arreglo que un buen pleito.
Usted puede hacerles mucho daño. Por pequeño que sea su tanto por ciento, pero se lo va a hacer a si mismo también.
En fin, Piénselo. Y mi mejor consejo es que negocie. Con espíritu negociador. Aunque tenga que ceder. Porque si no, el calvario que se le viene encima es muy gordo.
Pero lo dicho: Derecho a reclamar su parte, tiene todo el derecho del mundo.
Pues nada, si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta.
Buenos días, disculpe que vuelva a molestarle, pero cerré la pregunta sin querer y no sabía como reabrirla así que volví a mandársela... lo que quería comentarle es que hace 3 años si que liquidamos en tiempo y forma el Impuesto de Sucesiones, lo que ocurre es que a mi sólo se me otorgó una parte en líquido correspondiente a una cuenta bancaria, por lo que deduzco según lo expuesto en su respuesta que nos encontramos en un régimen de proindivision... de los 6 pisos que conforman la herencia, 4 de ellos están siendo ocupados como vivienda habitual por parte de mis hermanos... CUESTIÓN:¿Existe alguna vía a través de la cual pueda reclamar mi parte proporcional en liquido? ¿Por qué aunque sea aproximadamente un 6% lo que me corresponde de cada bien inmueble... no necesitarían de mi autorización para estar residiendo en los mismos?
Muchísimas gracias de antemano y perdone que haya tenido que reenviar la pregunta de nuevo, mea culpa! Un saludo!
Por cierto, una cosa más.
Yo estoy en su misma situación (algo mejor, pero igual), y llevo varios años con el tema.
Mi experiencia me dice que busque abogado experto en estos temas. Yo consulté con unos doce y ninguno me daba una solución que pudiera afrontar. Expertos en esto hay pocos.
Por fin, tras tres años, encontré a uno. Me dejó maravillado. Y me está llevando el tema.
Y otra cosa que he aprendido, es que con los abogados hay que aclarar muy bien y de ante mano, el costo y lo que te van a cobrar.
Las diferencias en los presupuestos son escandalosas. Y digo ESCANDALOSAS, con mayúsculas. Pida presupuesto a varios si es que se va a meter.
Pues ya le contaré como se desarrolla todo esto, aunque conociendo a mis queridisimos hermanos que no han dado un palo al agua en su vida y todo lo que han hecho es vivir de mis padres, pues me imagino que pretenderán que así siga siendo... en fin, muchísimas gracias por su respuesta.Un saludo.

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