Derechos de una viuda

Hace 2 meses y medio mi hermana se quedo viuda, del matrimonio no hay hijos, ella tiene un hijo de un matrimonio anterior y la casa donde vivían era de el de soltero. A lo primero nos decían que ella tenia 100% del subfruto de la casa, y ahora nos han dicho que solo tiene el 50% del subfruto y los padres de el, el otro 50% con derecho a una copia de las llaves de la casa. Y cuando ella fallezca son los dueños de la casa.? ¿Es esto así?

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Respuesta
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Yo lo primero de todo sería el ver si el marido hizo testamento. Los testamentos son secretos y tal vez lo hiciera y la esposa no lo sepa-
1º conseguir certificado original de defunción.
2º con ese certificado, pedir un "certificado de últimas voluntades" en la secretaría del ministerio de justicia de su ciudad. En este certificado dice si hizo testamento y ante que notario.
Si hay testamento, las cosas pueden variar mucho, como comprenderá.
Si no hay testamento:
Código Civil: Artículo 837: "No existiendo descendientes, pero si ascendientes, el cónyuge sobreviviente tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia".
El usufructo es el derecho al disfrute de algo. Pero no se es propietario.
Los padres no tienen ningún usufructo. Los padres, son los herederos. Y tienen la propiedad (cuando la acepten). La propiedad del 50% y la "nuda propiedad" del otro 50%.
Pero los usufructos, son valorables. Osea, que si las relaciones no son buenas, pueden llevar el tema a juicio y con una indemnización (que también se puede acordar entre las partes, sin juicios), podrían sacarla del piso.
Respecto a la copia de las llaves... Pues mire. Yo poseo, soy propietario de tres viviendas. Las tengo alquiladas. En el momento que las alquilo, se convierten en el domicilio del inquilino. Y como es su domicilio, yo ya no puedo entrar. Si cambia las cerraduras, está en su derecho. Es su domicilio, y por muy dueño que yo sea, si entro es allanamiento de morada.
Osea, que estamos igual. Ese piso es el domicilio de su hermana. Y nadie tiene derecho a entrar sin su consentimiento. Entonces ¿para qué quieren los padres una copia de las llaves? No pueden entrar.
Su hermana, puede cambiar las cerraduras. Es su domicilio. Donde duerme, recibe a sus amigos, guarda sus pertenencias más íntimas... y hasta el cepillo de dientes.
Desde luego, ellos son los propietarios de la casa. Incluso, pueden pedirle a ella un alquiler. Pero solo la mitad del alquiler. Porque ella es la usufructuaria de la otra mitad.
Cuando ella fallezca, el usufructo desaparecerá. Y ellos podrán disponer de la casa al 100%.
Por cierto, que la gente no se entera: Las herencias son un derecho. No una obligación. Es decir, que hay que ir al notario y aceptar o rechazar la herencia. Mientras sus suegros no vayan al notario, y acepten la herencia, no son propietarios de nada.
Espero haberme explicado bien.
Pues nada, mucha suerte y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.
Hola otra vez
Le comunico que lo que me has explicado me he enterado pero ahora tengo otra pregunta
El piso de mi cuñado tiene una hipoteca lo cual el seguro de vida que le hicieron de hacer tiene como beneficiaria a mi hermana y a sus suegros al 50% cada uno y este seguro es el que va a pagar la hipoteca, no tiene mi hermana ningún derecho nada más que el 50% del ususfruto cuando esta en las mismas condiciones que su suegros en el seguro de vida y es el que paga la hipoteca
Gracias nuevamente
Este es un dato que no me había dicho y que puede cambiar bastante el resultado.
Como verá por mi ficha, no soy abogado. De manera que ayudo en lo que pueda. Pero esto ya entra dentro del derecho civil.
Encuentro muy interesante esto del seguro. Porque se entiende que si su hermana es beneficiaria al 50% y si se dedica a pagar la hipoteca, su hermana ha pagado la mitad de la misma. Por tanto sus derechos ya son otros. Ya no solo el usufructo.
Pero este es un tema que se me escapa. M´Xxime, porque pasa en caso de reclamación por los juzgado y ya estamos acostumbrados a unas sentencias de lo más sorpresivas. Depende del juez y de como se haya levantado esa mañana.
Yo, ante la importancia del caso, les aconsejaría consultaran con tres o cuatro abogados. Y les pidieran presupuesto a todos. Los precios varían mucho.
Y además, los abogados lo que quieren es ganar dinero. Que para eso se han tirado un montón de años estudiando. Para solucionarnos los problemas, que nosotros solos no podríamos.
No me atrevo a definirme sobre este tema con este nuevo dato. Prefiero decirles que no estoy con conocimiento suficiente para aconsejarles, que decir cosas que no son.
Hay que ser honesto.
Consulten con abogado. Es lo mejor que les puedo aconsejar.
Un slaudo y mucha suerte.
Y por favor, no olvide finalizar la pregunta.
Gracia.s
Respuesta

Mi pregunta es mi esposo era heredero de unas propiedades y tenia una orden de un juez para que se las entregarán en el 2010 lo cual no fue así el murió en diciembre del 2013 solo dejo una carta escrita a mano con dos testigos pero no esta notariada

Mi pregunta es yo tengo derecho de reclamar

Yo me case con el en el 2007

Perdón se me trabó el celular y se puso en otro lado lo siento

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