¿Qué papeleo me falta?

Mi madre murió hace cinco años. Estaba divorciada y yo soy su única heredera. De ella heredé la mitad de una vivienda. La otra mitad pertenece a mis abuelos, sus padres, que ayudaron a pagarla y recibieron la parta correspondiente a mi padre tras el divorcio. Ahora la casa está en venta pero estoy algo liada con los papeles.
Ya en su momento hice el "Acta de declaración de herederos abienstato" y el "Impuesto de sucesiones y donaciones", pero en la escritura de la casa no hemos cambiado nada, y ahora hay que venderla y no sé si debería ir a algún sitio a aclarar que esa mitad es mía o con estos papeles y la escritura antigua vale.

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Pues está en lo cierto.
Para poder vender, solo puede vender el propietario. Y en España, el propietario, es el propietario registral.
Osea, que debe estar la finca a su nombre en el registro de la propiedad.
Así, que con la escritura de adjudicación de herencia y el resguardo de haber pagado los impuestos, va al registro de la propiedad y ya puede vender tranquilamente.
Tenga en cuenta que un comprador siempre ha de hacer una "verificación" en el registro de la propierdad. Para ver que el que le vende, es realmente el propietariop. Si no, imagine la que se liaría).
Y si el comprador necesita hacer una hipoteca, el banco hará la verificación en el registro y si no está a su nombre, no hará la operación.
Creo que esto es lo que preguntaba.
Una última aclaración para ver si me he enterado:
1. Con lo de los impuestos entiendo que usted se refiere a las sucesiones. A mi me salió negativo cuando lo hice en la Junta de Anadalúcía, y no pagué nada, y ahí se quedó .¿Qué debo hacer?
2. ¿El trámite en el registro de la propiedad es rápiodo, cuesta dinero...? ¿Cómo sé qué registro me corresponde?
Mil Gracias
- Pues tendrá un documento de que le salió negativa. Pues con ese documento y la escritura de la aceptación de herencia ya puede pasar por el registro de la propiedad.
El registro, solo aceptará la inscripción si lleva el documento de aceptación de herencia (notarial o judicial) y el resguardo de los impuestos de sucesiones.
- El trámite es rápido, unos pocos días, depende de lo sobrecargados que estén de trabajo, aunque con lo poco que se vende hoy en día, seguro que les sobra el tiempo, así que en una semana, seguro que lo tiene.
Lo que se paga es mínimo. Muy poco.
Normalmente, las ciudades grandes están divididas en varios registros. Pero preguntando en cualquiera, dando la dirección de la calle o zona, le dicen el registro.
Por cierto, que como es lógico, para venderla también deberán aparecer sus abuelos maternos como propietarios en el registro y deberán ellos de firmar también.

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