Herencia

Hola. Somos 9 hermanos y hemos heredado al fallecer mi madre una casa
en un pueblo de Ávila. Dicha casa figura en las escrituras que es
indivisible. Mi madre la dejó para que todos pudiéramos ir a ella
cuando quisiéramos ya que ninguno vivimos allí. Ahora 4 de los hermanos
quieren venderla o cerrarla y los otros 5 quieren que siga como estaba.
Mi pregunta es la siguiente. ¿Se puede partir o vender aunque haya una
mayoría que no lo quieran así? Y otra pregunta, una de las hermansa por discrepancias dice que renunacia a la parte de la casa que la corresponde ¿puede hacerlo y como? Muchas gracias y espero su respuesta.
Saludos

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Código Civil: Artículo 1051: " Ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia, a menos que el testador prohíba expresamente la división".
" Pero, aun cuando la prohíba, la división tendrá lugar, mediante alguna de las causas mediante las que se extingue la sociadad".
Artículo 1062: "Cuando una cosa sea indivisible, o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero".
"Pero bastará conque uno solo de los coherederos pida la pública subasta, con admisión de licitadores extraños, para que así se haga".
Osea, que la Ley ampara el derecho de cualquiera de solicitar se le de su parte.
Esto no va mos número de votos, ni tantos por cientos.
Uno solo, por muy pequeña que sea su parte, puede solicitarlo judicialmente. Y sin no, (muchas veces por hacer daño, ya que los odios suelen entrar en juego), puede pedir la venta en pública subasta y el juzgado reparte el dinero conseguido.
Dice que su madre "la dejó para que todos pudieran ir".
Pues lo diría de palabra, pero ya puede leer. Aunque lo hubiera puesto ante notario, uno solo puede reclamar su parte.
Respecto a lo otro, las herencias son un derecho. No son una obligación. Osea, que se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar.
Tanto una cosa como la otra... es ante notario.
Cuando decidan ser herederos de verdad y aceptar la herencia, van todos al notario y esa hermana puede renunciar a favor del resto.

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