Herencia

Saludos.
Mi padre ha muerto, y tenía testamento a favor de mi hermano y mio con usufructo para mi madre que vive. A su nombre estaba el 50% del piso vivienda habitual (el otro 50 mi madre), el 50% de un apartamento de playa (el otro 50 mi madre), y un 33% de una plaza de garaje (otro 33% mi hermano y otro 33% yo). La herencia en sí es fácil y obvia, el tema es que nos gustaría aprovechar el papeleo para avanzar cosas pensando en el futuro. La idea es que nosotros renunciemos a nuestro 50% de piso y mi madre se quede el 100%, ¿y qué mi madre a cambio nos done(?) Su 50% de apartamento y así ya quedaría escriturado a nombre nuestro. ¿Esto es posible? Se puede hacer directamente cuanto tramitemos ahora los papeles de la herencia o primero tendríamos que hacer las nuevas escrituras, ¿y luego la donación?.
Por otro lado el parking va a ser para mi hermano y yo ya estoy de acuerdo. ¿Puedo renunciar a la mitad del 33% que me toca en su favor sin que suponga gastos extra?. Por otro lado, ¿el 33% que ya tengo cual sería la forma más económica de que yo se lo traspasara a mi hermano?.
Muchas gracias.

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Cuando vayan a firmar el cuaderno particional al notario, pueden adjudicarse unos unas cosas y otros otras. La Ley lo permite.
Esto no quiere decir que ustedes renuncien a unas cosas y donen a otros. Porque en las donaciones hay que pagar impuestos. Ustedes hacen partes, se reparten y ya está. Por eso, se llama cuaderno particional. Porque hacen partes y se las adjudican. Los impuestos que tendrán que pagar, son los normales que les correspondan por lo que se adjudiquen.
El cuaderno particional que firmarán en el notario son esas "escrituras" que tendrán que llevar al registro de la propiedad para que las fincas queden registradas acorde con sus deseos.
Lo que ya no se es cómo quedaría el tema de su 33% del parking que cede a su hermano, ya que no entra en herencia. Pero pueden consultar con el notario a ver si usted se lo cede como compensacoión por la diferencia de lo que se adjudican. Pero tal vez tenga que pagar el 7% como donación. Pues no entra en herencia.
El notario seguro que sabe la fórmula mejor.
Pues nada, le deseo mucha suerte y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.
Muchísimas gracias. Gran ayuda. Lo del parking ya me imaginaba que no lo podríamos hacer dentro de los papeles de la herencia. Me queda una única duda:
El 50% del apartamento que es de mi madre y que no entra dentro de lo que ahora se hereda de mi padre ¿sí qué puede entrar en las adjudicaciones del cuadreno particional, o sucede lo mismo que con el 33% de parking? Realmente es mi gran duda porque un 33% de un parking no supondrá grandes impuestos utilicemos la opción que sea, pero el 50% de un apartamento imagino que sí.
Pues yo creo que estamos en las mismas que con el parking. La parte de su madre no entra en herencia. Se convertiría en donación o compra-venta.
Por otro lado, tenga en cuenta que al pasar a ser su madre heredera del 50% del piso que a su marido correspondía, paga impuestos. Luego cuando ella fallezca, pasará el piso a los dos hermanos y tendrán que pagar impuestos. 0% De su madre, impuestos nuevos. 50% de su padre, volver a pagar impuestos ya pagados. Repetir el pago.
Yo insisto en que los notarios son los que más saben de esto. Mejor le consultan y seguro que encontrará la mejor fórmula.
Porque parece que ustedes están bien avenidos. Eso es importante. Su madre puede seguir en le piso, pero desde luego, van a pagar impuestos por lo que han de heredar. Y si se ceden propiedades de una parte a otro, es legal, pero como donación. Tanto en el piso como en el apartamento. Me refiero a los tantos por ciento que son de su madre.
La verdad es que la Ley la hacen unos señores que saben una barbaridad y estudian todos los casos posibles. Y como su fin primordial es cobrar impuestos, pues lo hacen todo de tal manera que nadie se escape. Es difícil hacerles alguna trampita.
De todas formas, esta es la sección de herencias y sobre su legislación les podemos aconsejar, pero en tema de donaciones, repartos e impuestos, es más un tema fiscal.
Yo creo que lo suyo es que consulten con una gestoría. Tampoco les van a cobrar tanto, y están seguros, porque se están jugando varios miles en impuestos.
Las gestorías saben de esto porque es su trabajo. Les aconsejará mejor.
Les deseo suerte.

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