Donación en vida

Hará cinco años mi padre me dono unos 8.000 euros. No hicimos ningún tipo de papeleo, pero el problema es que yo retiré el dinero de la cuenta de mi padre (figuraba como autorizado). Ahora mis hermanos, con los que mi padre no se hablaba desde hace mucho, han visto el apunte en el banco y me piden explicaciones. ¿Qué debo responderles para que no me perjudique a la hora del reparto de la herencia?

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Respuesta
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Imagino, aunque no lo dice, que su padre ha fallecido, lo siento.
Tampoco me dice si hay testamento.
Estos casos son difíciles. Si su padre ha fallecido y dejado testamento, debería haber puesto una cláusula de "no traer a colación", ese dinero.
Traer a colación es sumar a lo que deja en herencia.
La Ley contempla este caso y se considera un préstamo que ha de devolver, salvo que su padre añadiera esa cláusula. Porque al darle ese dinero, disminuye lo que a los demás hijos les corresponde en herencia.
Si sus hermanos quieren pueden solicitar que se traiga a colación. Claro que eso pasa por interponer demanda judicial. Ya, lo que el juez decida, dependiendo de pruebas o lo buenos que sean los abogados.
Pero responderles, pocas cosas puede responderles. La Ley deja la salida mencionada y ellos pueden acogerse a ella.
Siento que mi contestación no sea muy de su conveniencia, pero sale de lo que marca la Ley.
Gracias por la respuesta-. ¿Supongo qué mi única salida es intentar convecer al juez que saqué el dinero para mi padre y no sé que destino le dio?
Pues si, algo así. Piense, a ver si encuentra alguna solución. Si bubiera sacado poco a poco el dinero, es más fácil decir por ejemplo que se lo pedía y por ejemplo que se enganchó al bingo o a la ruleta. Pero tanto de golpe, es difícil de justificar. Claro que usted conocía mejor a su padre y la vida que llevaba, o si tenía un amigo al que se lo prestó, porque estaba apurado... no se. Es cuestión de buscar alguna escusa.
Por otro lado, puede probar con el tema de la donación. Ya dependerá del juez.
Por supuesto que si es donación, habría usted tenido que incluirlo en su declaración de la renta con el consiguiente pago de impuestos.
También es verdad que legalmente solo se puede exigir a un contribuyente que guarde su declaración y documentos un máximo de 5 años.
Su padre dice que murió hace 5.
Tal vez le merezca la pena ir a un abogado. Una consulta puede costarle unos 50 euros.
La cosa está clara que hay que inventarse algo, pero no se me ocurre nada. Tal vez un abogado con experiencia pueda decirle algo. O usted mismo que conocía a su padre mejor que nadie.
Yo le he dicho lo que la Ley recoge. Osea, que se lo pueden reclamar.
Le deseo suerte.

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