Quien paga los gastos extraordinarios

Mi pregunta es que si los gastos extraordinarios se pueden contemplar en una sentencia de divorcio como responsabilidad de los progenitores, ¿siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo?

Respuesta
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Evidentemente, en el convenio regulador pueden establecerse todos los pactos que sin ir en perjuicio del menor, los progenitores acuerden, y ése es uno de ellos.

Entonces usted dice que puede pagar los gastos extraordinarios solo uno de los progenitores?por supuesto sin perjuicio del menor y de manera pactada.

Gracias por su rápida respuesta.

Siempre y cuando las partes estén de acuerdo, los puede pagar uno o repartirse entre ambos. La autoridad judicial no tiene porqué no aceptar un acuerdo que en todos los sentidos no perjudique al menor.

Si el menor o menores, tienen que hacerse unas gafas (pongo un ejemplo sencillo) lo mismo dará quien lo pague si ambos padres están de acuerdo, lo importante es que el hijo las tenga.

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