¿Puede mi ex-pareja reclamarme algo?

En febrero de 2012 mi ya ex-pareja y yo firmamos un Convenio Regulador De Los Efectos De La Separación De Mutuo Acuerdo, el cual fue ratificado en el juzgado y que te detallo brevemente, resaltando lo que considero más reseñable:

Estipulaciones

PRIMERA.-De la separación provisional de los cónyuges. Ambos deciden su separación provisional, con revocación de consentimientos y poderes entre cónyuges que pudieran existir, autorizándose a vivir en domicilios separados, comprometiéndose a no interferir en la vida de cada uno de ellos.

SEGUNDA.-De la patria potestad. Ningún pronunciamiento al respecto, puesto que no existen hijos del matrimonio.

TERCERA.-Del domicilio conyugal y el ajuar familiar. El domicilio conyugal no era propiedad de los cónyuges. Actualmente ambos cónyuges viven en domicilios diferentes. No existen cargas familiares.

CUARTA.-De la pensión compensatoria. Ambos cónyuges renuncian expresamente a reclamarse pensión alguna entre ellos y en especial la prevista en el artículo 97 del Código Civil.

QUINTA.-Del régimen económico. Las partes solicitan pasen a tener régimen económico de separación de bienes gozando de plena autonomía patrimonial sobre sus propios bienes o los que pudieran adquirir en el futuro, y puedan disfrutar y usar, administrar, gravar, o disponer libremente de sus propios bienes.

SEXTA.- Disolución de la sociedad de gananciales. El régimen de gananciales se disuelve, sin hacer ningún pacto al respecto al no existir bienes en común.

Mi duda es saber si mi ex-pareja puede reclamarme dinero que yo pueda tener en el banco; la herencia de mi madre, pues en su testamento ella me ha dejado la mitad de su piso y la otra mitad a mi hermana (los tres vivimos juntos), así como una cantidad de dinero; que una persona me deje también sus bienes en herencia, ya sea un familiar o no; dinero procedente de algún sorteo, etc.

Y por el lado inverso: ¿Puedo yo reclamarla algo?

A la espera de tu pronta respuesta y dándote las gracias de antemano, recibe un cordial saludo del que suscribe.

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Respuesta

Si se han divorciado y liquidado el régimen matrimonial, nada se pueden reclamar o pedir entre los cónyuges por bienes habidos en el matrimonio.

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