Acuerdo prematrimonial

Buenos días:
Mi pregunta es la siguiente: actualmente convivo con mi pareja y tenemos un niño, estamos planteándonos casarnos y nos gustaría firmar un acuerdo prematrimonial, ¿en el acuerdo se puede estipular lo referente a la custodia de nuestro hijo y gastos de pensión que es lo que nos interesa, o el acuerdo prematrimonial solo se refiere a temas económicos?, ¿Habría qué firmar este acuerdo en el juzgado o se podría hacer ante notario? Gracias.

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Respecto al tema del acuerdo prematrimonial, ustedes pueden acordar en él todo lo referente al régimen económico y posible pensión compensatoria para su pareja. En mi opinión los temas referentes a los menores se podría hablar de ello, pero no serían vinculantes para el juez. El tema de la guarda y custodia de los menores y pensión de alimentos es un tema que no es disponible por las partes.
En un proceso de divorcio con menores implicados el Ministerio Fiscal sería parte obligada en el mismo, y se encargaría de la defensa pública del interés del menor. Lo más normal, de llegar el caso, es que en un divorcio de mutuo acuerdo se entregase junto a la demanda una propuesta de convenio regulador en el que se reflejaría todo lo referente a guarda y custodia, pensión de alimentos, uso de la vivienda y régimen de visitas (esto en lo referente a los menores). El fiscal visualizaría dicho acuerdo y daría o no su visto bueno. Caso de un divorcio contencioso cada parte haría su propuesta de convenio regulador y sería el juez quien decidiría los extremos del mismo en sentencia.
Respecto al lugar donde firmar dicho acuerdo, se haría en un notario, que levantaría acta del mismo y se convertiría en un documento público, cosa bastante conveniente para el futuro en caso de tener que hacer uso del mismo.

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