Liquidación gananciales

Me he divorciado y no hemos hecho la liquidación de gananciales, y mi pregunta es si mi ex-mujer me puede obligar de alguna manera a hacerla, y expongo motivos por la cual no quiero hacerla, en el divorcio se le adjudico el piso en el cual vive con nuestro hijo este piso es casi privativo mio ya que page la mitad antes del matrimonio y la otra mitad durante el matrimonio (totalmente pagado y escrituras solo a mi nombre) se pacto que cuando mi hijo trabaje o se independice o como mucho hasta los 25 años tiene que abandonarlo, a mi se me adjudico el chalet el cual vivo con mi hijo cuando lo tengo que son 14 días mensuales, ¿el chalet tiene una hipoteca que pago yo solo pero es ganancial aunque yo abone unos 100000? ¿Adelantos de pago hipoteca + 54000? En negro de entrada, y aunque yo dispongo de dinero yo no quiero hacer la liquidación por que no le quiero dar mi efectivo ( dinero proviniente de accidente de trafico que creo que es privativo) por lo cual pienso que tendría que vender el chalet pero para irme a vivir a otro sitio prefiero el chalet. Ademas la verdad no le quiero solucionar la vida y si se la tengo que solucionar que sea cuando se jubile (dentro de treinta años). ¿Mi ex-mujer me puede obligar a hacer la liquidación en estas condiciones?

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Tendría que leer el convenio, porque supongo que serán adjudicaciones temporales.
Si son definitivas es que han acompañado la liquidación de gananciales como anex al convenio regulador (lo cual es posible, aunque no siempre se haga).
Su mujer puede exigir la liquidación de la sociedad de gananciales en cualquier momento a través de un procedimiento contencioso para la liquidación. Se trata de un procedimiento verbal que se tramita antes el mismo juzgado que entendió de la separación o divorcio.
En el convenio solo se han adjudicado las viviendas para vivir y el pago de la hipoteca que pago yo y el préstamo personal que también lo pago yo, ademas de la pensión del niño y la custodia pero vuelvo a preguntar me podrían tirar de mi casa para poder darle su parte, por que el dinero que tengo no lo voy a emplear en eso en todo caso cuando ella se marche del piso y yo lo pueda ocupar entonces vendería el chalet pero como he dicho no le quiero solucionar la vida ya que fue ella la que se marcho. Gracias
Cuando se liquide la sociedad de gananciales habrá que ver a quien se adjudica. Depende de a quien se le adjudique. ¿Parece claro no?
No se confunda usted puede demorar más o menos la liquidación de los gananciales, pero en todo caso la mitad siempre va a ser de su mujer. Usted no puede eludir la liquidación de los gananciales de forma perpetua.
Osea más o menos yo la puedo hacer cuando yo quiera, ella no puede obligarme ha hacerla aunque sea judicialmente, yo puedo oponerme o poner muchos impedimentos aun sabiendo que en el futuro todo se revalorice y le tenga que dar su parte, es así, gracias
No se porque me pregunta, se contesta usted solo!
En cuanto se ponga una demanda de liquidación de gananciales. La liquidación se hace judicialmente. Por muchos impedimentos que usted quiera poner.

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