¿Se cuentan los miembros no computables?
Buenas tardes,
La duda que me concierna es acerca de la beca salario, puesto que en el Real Decreto, de 14 de agosto, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se establece que para recibirla es necesario disponer de una renta acorde al umbral 1 que la misma Ley establece (artículo 14). No obstante, mi pregunta se relacionaría con los miembros familiares incluidos en el umbral, ya que no se hace mención a si debo contar, en este caso, con los no computables o no. Puesto que en mi caso, viven en mi unidad familiar dos hermanos no computables, ya que son mayores de 25 y solteros, inclusive, sin aportar nada a la renta familiar en el caso de que fueran computables.
En definitiva, mi pregunta es: ¿cuándo en el umbral 1 se hace referencia a "familias de por 'x' miembros" hay que contar los no computables o simplemente se refiere a los miembros computables? Y con ello, ¿Podría apelar?
Muchas gracias por la atención y disculpe las molestias.
Un saludo, Raquel.
La duda que me concierna es acerca de la beca salario, puesto que en el Real Decreto, de 14 de agosto, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se establece que para recibirla es necesario disponer de una renta acorde al umbral 1 que la misma Ley establece (artículo 14). No obstante, mi pregunta se relacionaría con los miembros familiares incluidos en el umbral, ya que no se hace mención a si debo contar, en este caso, con los no computables o no. Puesto que en mi caso, viven en mi unidad familiar dos hermanos no computables, ya que son mayores de 25 y solteros, inclusive, sin aportar nada a la renta familiar en el caso de que fueran computables.
En definitiva, mi pregunta es: ¿cuándo en el umbral 1 se hace referencia a "familias de por 'x' miembros" hay que contar los no computables o simplemente se refiere a los miembros computables? Y con ello, ¿Podría apelar?
Muchas gracias por la atención y disculpe las molestias.
Un saludo, Raquel.