¿Puede un banco cancelar una cuenta de una empresa?

La controversia es la siguiente:
Accionista del 100% de las participaciones de una empresa que cede por varios motivos la administración de la empresa a su madre y este cambio de administrador (por despiste y sin mala intención) no es comunicada a la entidad bancaria que al serle reclamada la devolución de una serie de comisiones cobradas indebidamente (por la devolución de varios recibos de empresas con las que no se tenía relación comercial alguna) provoca una discusión sobre las domiciliaciones y las formas en que son admitidas por la entidad y que provoca que el Director determine un bloqueo de cuenta (los clientes no pueden hacer ingresos y la propietaria pagos de recibos de proveedores) durante nueve días y posteriormente la comunicación de la cancelación de la cuenta.
¿Tiene algún amparo legal la actuación de dicho Director de Sucursal?. Creo que legalmente no, es más en ningún momento se ha indicado artículo del contrato o de ley alguna pero no lo tengo claro.
¿Se puede pedir daños y perjuicios contra la entidad bancaria y como se pueden o deben calcular los mismos?.
Un saludo.
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Si hay un cambio de administrador, se debe comunicar al bancoi el cambio de firma o su inclusión, en su caso y anteriormente debe de haber una escritura de poderes del nuevo apoderado.
En este caso se puede bloquear la cuenta para las disposiciones hasta tanto no se regularice la situación, pero nunca para ingresos y mucho menos cancelar la cuenta.
Haz una reclamación ante el banco y llévala al banco de España que corresponda a tu ciudad.
Muchas gracias por la aclaración.
Yo la suponía por lógica pero es que no encuentro nada legalmente que ampare esta situación.

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