Duda sobre seguro de mi vehículo. Pago de un daño

Hace unos días me rozó el parachoques de mi coche otro vehículo intentando aparcar. Hicimos un parte amistoso en el que quedaba claro que había sido yo el perjudicado. Como nota, ambos conductores tenemos el seguro en diferentes compañías españolas. Básicamente mi seguro consiste en un todo riesgo con franquicia de 300 euros.

Llevé el parte a una de las oficinas de mi compañía de seguros y me proporcionaron el teléfono de un taller con el cual trabajan.

Después de un montón de vicisitudes las cuales explicaré más abajo, pasó el perito por el taller, peritó el daño (que tampoco era muy difícil) y les comunicó que teniendo en cuenta mi seguro, del total del arreglo, yo debía hacerme cargo de los primeros 300 euros debido a que todavía debían de arreglar los papeles con la otra compañía y que cuando los arreglasen (es decir, que la otra compañía pagase), se me ingresarían de nuevo. Mi pregunta es la siguiente: ¿Es esta manera de proceder normal? No entiendo por qué tengo yo que adelantar el dinero de mi franquicia cuando he sido el perjudicado.

Ahora vienen las vicisitudes. Ustedes han comentado en una de las consultas que las compañías tienden a hacer la vida más fácil a los asegurados. Pues en mi caso, nada más lejos de la realidad teniendo en cuenta que:

- Fui yo el que tuve que encargarme de llevar el parte a la oficina.

- Fui yo el que tuve que quedar con el taller.

- Fui yo el que de nuevo tuvo que acudir a la oficina para comunicar qué día debía de pasar el perito por el taller..

- Fui yo el que tuve que hacer más llamadas a la oficina cuando me comunicaron desde el taller que el perito no había acudido (resulta que no le habían comunicado al perito el día que tenía que pasar por el taller).

- Y ahora he sido yo el que encima he tenido que pagar la reparación por anticipado (curiosamente el valor de la misma ha sido inferior a mi franquicia con lo cual mi compañía no ha pagado un duro).

- Y por supuesto, voy a ser yo el que tenga que acudir por enésima vez a la oficina para enseñarles el justificante del pago y para averiguar cuando voy a cobrar mi dinero.

La verdad, teniendo en cuenta lo que pagamos entre todos por los seguros, no entiendo en qué nos facilitan la vida cuando lo que dan ganas es de no pagarles.

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Entiendo que en síntesis plantea Ud. dos cuestiones distintas.

Primera cuestión

La Aseguradora de Ud. ha actuado correctamente (de momento) puesto que ha peritado bajo la garantía de todo riesgo con franquicia dado que la reclamación al causante aún no es conforme.

Hasta ahora nadie duda que sea Ud. el perjudicado, pero la reclamación a la Aseguradora del causante lleva sus trámites con los correspondientes retrasos que no siempre son atribuibles a su propia aseguradora (sino a la aseguradora del contrario, o al propio contrario causante. Imagine por ejemplo que el contrario causante no ha comunicado el siniestro a su aseguradora... ¿quién tiene la culpa del retraso?).

Recapitlulando:

Ud. (y/o su aseguradora) tenía/en TRES opciones:

1ª- Hacer lo que se ha hecho (es decir, peritar por todo riesgo con franquicia, y esperar la conformidad de la reclamación por convenios, de manera que cuando se produzca la conformidad, entonces le reembolsarán la franquicia deducida (y si no se produce la conformidad, pues nada... a juicio.).

2ª- Haber peritado SIN compromiso a la espera de conformidad de la reclamación por convenios (sin iniciar la reparación), de manera que cuando se hubiese producido la conformidad, entonces reparar el 100% a cargo de la Aseguradora de Ud. ( a través de dichos convenios).

3ª-Haber esperado Ud. la conformidad de la compañía contraria, y cuando se hubiese producido, haber peritado y reparado el 100% a cargo de su Aseguradora.

Piense que sólo dispone de dos garantías de aplicación: La de -todo riesgo con franquicia-, y la de -reclamación-

La de todo riesgo con franquicia ya sabemos como funciona (es decir, le indemnizan los daños menos la franquicia).

Pero al parecer Ud. desconoce como funciona la garantía de reclamación.

Por la garantía de reclamación, su aseguradora reclama al contrario causante. Inicialmente reclaman por convenios o convencionalmente (es decir, amistosamente); y si dicha reclamación no surte efecto, entonces su aseguradora deberá determinar la viabilidad de una reclamación judicial.

Dentro de la reclamación amistosa a través de los Convenios (que es la reclamación que ahora mismo se debe llevar acabo) establece que su aseguradora inicia una reclamación telemática por el sistema CICOS (ahora no entraremos en detalles), y la aseguradora contraria dispone de unos plazos para contestar, etc.; además de aceptar o rehusar, etc.

Hasta que la compañía contraria no acepta la reclamación, su aseguradora (la de Ud.) no asumirá (porque no le corresponde) el coste de la reparación de su vehículo, y sólo lo asumirá cuando la compañía contraria acepte la reclamación a través de dichos convenios.

Todo esto resulta difícil (y casi inútil) explicarlo por escrito, porque tendríamos que entrar en muchos detalles que para el caso no son necesarios.

Lo que sí tiene que entender es que su aseguradora ha iniciado una reclamación "amistosa" contra la compañía contraria, y hasta que dicha aseguradora contraria no reconozca su responsabilidad, lo único que podía hacer su compañía (la de Ud.) es, o bien peritar sin compromiso (hasta obtener la conformidad), o bien peritar a través de la garantía de todo riesgo con franquicia (y esperar la conformidad para reembolsarle la franquicia), y eso es lo que ha hecho.

En este caso, sólo le queda a Ud. tener paciencia y esperar (y confiar) que la reclamación se resuelva en el menor tiempo posible. A veces son tres días, a veces tres semanas, y a veces tres meses.

Segunda cuestión:

Creo que se equivoca cuando piensa que una aseguradora le tiene que hacer todo el trabajo.

Un seguro es un contrato, y en él dice lo que cubre y lo que no cubre, sus derechos y sus obligaciones.

¿Acaso no es Ud. quien tiene que llamar al médico cuando se pone enfermo?

¿Va Ud. al medico especialista, o va el medico especialista a su casa?

¿Va Ud. a la farmacia cuando le recetan medicinas, o va el farmacéutico a su casa?

Perdone, pero un seguro no es un mayordomo, sino un contrato.

No se ofenda, pero está claro que desconoce Ud. en qué consiste un contrato de seguro y sus respectivas garantías.

Ahora puede sentirse ofendido y puntuar a la baja (estoy acostumbrado, y eso que sólo llevo dos días), pero creame si le digo que me sorprende su planteamiento (por estar tamn bien hecho) respecto de su opinión (por sus erróneos prejuicios), y con todo ello le aseguro que no soy yo precisamente alguien que se dedica a ayudar o defender a la Aseguradoras, sino a los Asegurados, pero siempre y ante todo con objetividad, porque lo contrario no sería ayudar (sino dar la razón sin tenerla), y eso, no sólo iría en contra de mis principios, sino que para ello -preferiría perder el tiempo por otros lares-.

En definitiva... lo siento señor, pero no puedo compartir su opinión.

Atentos saludos.

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