Indemnización por accidente

Estimado señor:
Tuve un accdiente de tráfico el día 11 de abril de 2011 con daños personales, pro el que se firmó un parte amistoso debido a que era claro que la culpa la tenía el coche que me pegó por detrás.
Mi compañía ya pasó los datos a la otra, pero aún no sé si me van a reparar el coche o si lo van a declarar como siniestro total, y eso que ya han pasado bastantes días.
Yo he estado yendo a rehabilitación hasta el día 20 de junio, aunque ayer, día 22, el centro de rehabilitación, después de comunicar a mi compañía el alta con indicación de que me viera un traumatólogo, se dieron cuenta de que solo me habían tratado el tema de las cervicales ( sin respuesta totalmente satisfactoria por mi parte), pero se les pasó tratarme el hombro, que tiene un problema de rotación externa. Por ello, estoy esperando a que mi seguro dé el visto bueno para proseguir la rehabilitación ( que, popr otra parte, entiendo que no me pueden negar si no se debe a mí el error en ningún caso).
Mis preguntas son las siguientes:
1. Ya ha pasadomás de los 40 días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, por lo menos a mi compañía ( aunque ellos han enviado tarde la documentación a la otra compañía y esta no se ha puesto en contacto conmigo hasta esta semana). ¿Me tendrían que pagar el importe mínimo tal y como dice la ley de contrato de seguro y, por lo tanto, están en mora? Mi compañía no me ha hablado nada de esto, pero no me han pagado ningún día de los impeditivos hasta ahora.
2. Por otra parte, ¿qué sucede con el importe mínimo de la indemnización del cohe si no me lo reparan?
3. ¿Es mejor que espere a que pasen los tres meses ( que será en breve) y que reclame la mora por la totalidad?
4. ¿Siguen siendo no impeditivos, pero sujetos a indemnización, estos días que estoy esperando a que el seguro dé el visto bueno para proseguir con la rehabilitación? Entiendo que, en cualquier caso, yo sigo sufriendo los daños ocasionados por el accidente y que no tengo que pagar el error del centro de rehabilitación.
5. ¿Lo días no impeditivos también incluyen los fines de semana? Entiendo que sí, pero me gustaría su confirmación. En los días de baja sin entran los mismos, con lo que no sería lógica una respuesta contraria.
6. ¿Está actuando bien mi seguro al no hablarme nada acerca de la mora de los 40 días?
Un cordial saludo,
María

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1) Respecto de la mora, no puedes hablar todavía de ella, porque no te van a liquidar el siniestro hoy, por lo que veo puede incluso pasar algún día más, por tanto, la mora la podrás aplicar como dice la ley, desde que pasen los plazos establecidos, como te digo te ampara la ley y por ello debes esperar, cuando te paguen la aplicarás.
Respecto de la tardanza, pueden existir varias razones por ello, desde que no sepan si dar siniestro total o no, si es mejor indemnizar o no o reparar y pagarte la reparación, aunque lo que veo es que falta diligencia en la tramitación del siniestro, tanto de tu cía. de seguros como de la contraria.
2) Si no te reparan el coche, te indemnizarán por su valor venal, es decir, el precio que tiene al día de hoy según su matrícula.
3) Lo contestado anteriormente, cuando te vayan a pagar reclamas si procede, te lo tendrán que hacer siempre y cuando cumplas lo que dice la ley.
4) Son impeditivos y no impeditivos, todos los días hasta que te den de alta, esta alta la visará un forense si es necesario, por lo que hasta que no estés recuperada, todos los días son de cobro.
5) Incluye tanto fines de semana como Navidad, todos los días son computables.
6) Si, es habitual, la ley se aplica cuando hay una razón objetiva, en este momento deberías hablar con tu seguro para ver si te rehabilitan lo mejor posible y te indemnizan la reparación o el valor venal, esto es importante, pero los plazos suele ser normal en siniestro de magnitud importante.
Muchas gracias. Entonces, sigo en rehabilitación y no hablo nada a mi seguro acerca de los 40 días y de que no he cobrado nada (me refiero a los días no impeditivos transcurridos hasta ahora desde el día del accdiente, que pasan, por mucho, de 40 días) hasta el momento.
Por cierto: me dieron el alta los de rehabilitación y, al día siguiente, se dieron cuenta de Sque no me habían tratado el hombro, que tam´bien está dañado por el accidente. Ahora estoy esperando a que mi seguro dé el visto bueno para otras 10 sesiones de rehabilitación, pero, esta vez, en el hombro:
1. ¿A pesar de que me hayan dado el alta, equivocadamente, y, además, en todo caso, era recomendando que me siguiera un traumatólogo, ¿sigo cobrando los días impeditivos? En realidad, no es un alta total y, si así lo fuera, no tengo la culpa de que se hayan olvidado del haombro, digo yo...
2. ¿Puede mi compañía negarme esas sesiones que se les han olvidado? Entiendo que no, pero, por si acaso, se lo pregunto.
Me ha parecido muy detallada su respuesta. Muchas gracias. La tramitación de este accdiente ees mala por todos los lados, lo cual me está trayendo muchos problemas.
Hasta que no estés recuperada totalmente no estarás de alta definitiva y por tanto tendrás que cobrar, bien como días no impeditivos o bien como impeditivos, esto lo analizará el forense y será el que te diga cuanto cobraras. También puede ser que te haga los cálculos la aseguradora previo a llevar el tema al juzgado o forense, pero deberán ser con todos los días de recuperación, los primeros y estos segundos. Como te digo es importante que no te den el alta hasta la plena recuperación o hasta que te queden secuelas, que también te quedarán. Si como dices tienes un problema de cervicales, te darán dos o tres puntos de secuelas, que ahora no recuerdo a cuanto pagan el punto, pero está en orden a los 600 o 700 Euros.
A la aseguradora no le metas presión hasta que llegue el momento de la cobranza, en este momento si tienes derecho a tus días de mora, tendrán que calcularte los interesese y en teoría pagarte, aunque suelen resistirse algo.

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