Latigazo cervical

Estimado señor:
Estábamos varios coches parados en una cuesta y una furgoneta me pegó por detrás porque no pudo frenar a tiempo; a su vez, yo le di al de adelante. Sufro de latigazo cervical y llevo con rehabilitación diaria desde el día 11 de abril, día en que se produjo el accidente. No he cogido la baja, así que todos serían días no impeditivos. ¿Se cuenta desde el día del accidente hasta que me den la baja todos los días como indemnizables? A la hora de la indemnización, ¿me pagarían solo 29,75 € cada día o hay algo más?
Muchas gracias

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Se contabilizan desde el día del accidente, y hasta que el valorador médico considere que ya está restablecido.
En cuanto a la segunda consulta, esa es la indemnización que le corresponde por cada día no impeditivo (día laborable que acude a rehabilitación sin estar de baja). Una vez recuperado, se valorará si ha quedado alguna secuela, aunque es raro que ocurra tras un latigazo cervical, por lo que su indemnización la podrá calcular Ud. aproximadamente, multiplicando los días laborables por esos 29,75 Euros.
De todos modos, y una vez recuperado, su compañía enviará la reclamación a la responsable. Ésta, se pondrá en contacto con Ud. y le hará una oferta formal, pero no la acepte en ese momento. Antes, hable con su compañía y confirme que es correcta, pues se suele ofrecer menos de lo que corresponde.
Tras confirmar que todo es correcto, se le enviará un finiquito a su domicilio, que deberá devolver firmado junto con una fotocopia de su DNI, para que pueda ser indemnizado mediante una transferencia bancaria.

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