Inundación en el piso

Por un escape de agua del vecino de arriba, he acabado con la habitación de matrimonio para tirar (Armario, colchón, lámparas, parqué, etc).
La pregunta es:
¿Si llego a un acuerdo económico con el vecino, puedo continuar reclamando a mi compañía de seguros por el siniestro?
También se fastidio un ordenador portátil, pero este tenia un seguro propio. ¿Puedo reclamar al seguro del hogar por el portátil ya que cubre el contenido de la casa, y al mismo tiempo por el seguro particular del equipo? Yo he estado pagando dos pólizas, una del piso, y otra por mi ordenador portátil de trabajo ya que soy autónomo, ambas pólizas son de la misma compañía.
Saludos.
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El seguro no debe ser objeto de enriquecimiento injusto, esto quiere decir que cuando concurren seguros (dos seguros sobre el mismo bien), se hace un reparto equitativo y nunca te indemnizarán, si se enteran, las dos compañías por el valor que tiene el bien independientemente, es decir, no cobrarás el doble por haber pagado el doble.
Respecto del acuerdo económico, entiendo que porque no tiene seguro y te va a pagar los daños, si das parte a tu compañías, ésta procederá a reclamar al causante, por lo que como verás tampoco te pagarán dos veces.
Muy claro todo. Gracias
Entonces, entiendo que lo mejor en mi caso, es que el seguro 'hogar' no me cubra los equipos de trabajo, ya que están cubiertos, con el otro seguro 'profesional'. Y es tontería tener que pagar dos pólizas sobre el mismo bien, cuando solo una de ellas me idemnizara.
¿Cómo curiosidad: Si tengo varios de seguro de vida, pasa lo mismo?, porque entonces nos están timando a muchos.
Saludos
No, los seguros de vida tienen un tratamiento especial, son acumulativos, para que se puedan cobrar tiene que ocurrir, que fallezcas o que quedes inválido, en este caso permite la ley que los ampara tener los que sean precisos por el asegurado.

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