Contrato mercantil

Voy a trabajar de Agente Comercial de Seguros con contrato mercantil y me gustaría saber que derechos y obligaciones tengo
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Agente comercial de seguros no existe como tal, la Ley de Mediación de Seguros define las figuras de los mediadores autorizadas, y entre ellas se encuentra la de Agente de Seguros, no comercial. Hago esta diferenciación porque la parte comercial de un agente de seguros es solo una pequeña parte del trabajo.
El Agente de seguros ha de asesorar, en la contratación (gestión comercial), ha de seguir haciéndolo mientras dure el contrato encargándose de los suplementos y modificaciones, y debe/puede asistir en el siniestro, ayudando en la tramitación. Estás son las facultades que le autoriza la Ley.
Usted firmará un contrato con la aseguradora, y en virtud de ese contrato deberá cumplir con lo que en el se redacte, y a la vez le dará unos derechos. Pero cada contrato es diferente, y por lo tanto cada agente tendrá unas obligaciones y unos derechos.
De manera general el Agente debe representar a la aseguradora, y tratar de vender sus productos, a cambio está le abona unas comisiones por la venta, y este trabajo puede generar unos derechos sobre la cartera.
Si tiene dudas sobre su contrato le recomiendo que pase por el Colegio de Mediadores de su Provincia, ellos le asesorarán sobre su contenido.
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