Rendimiento del patrimonio

Si vendo un piso este año, y me lo pagan a lo largo de tres años, en qué ejercicio del IRPF tengo que poner la plusvalía fiscal, ¿en el año de la venta o a lo largo de los años en que recibo el dinero?.
Si vendo un piso en tres veces, un tercio por año, cómo contaría la plusvalía fiscal, ¿en los tres ejercicios?
Hay o existe alguna manera, de forma legal, de aminorar este impuesto.

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Puedes hacerlo de las dos formas.
Los datos para el cálculo los realizas el primer año y luego repartes la plusvalía proporcionalmente a los cobros.
En la venta por tercios (si es posible...) existen 3 plusvalías diferentes: una por tercio.
Para minorar: reinversión, edad del vendedor y dejar pasar más años entre compra y venta son los mecanismos.

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