Se me paso el plazo del requerimiento

Hola, soy un empleado de una empresa de marítima y tuvimos una pequeña inspección de iva por que nosotros aportamos documentación y nos dijeron que deviamos pagar 26.000 euros de iva
Eso fue 25/11/2004 don de recogimos la resolución y luego el día 7/12/2004 recibimos por correo certificado esa misma resolución entonces para presentar el requerimiento utilizamos la fecha del certificado y nos hemos salido de plazo según ellos por que la que valía era la primera fecha. ¿Eso es así o podemos recurrir por que la segunda también vale? Saludos y gracias
Respuesta
1
Vamos a ver, el plazo que prevalece ante todo es aquél en el que ellos puedan demostrar que vosotros sabíais la resolución. Es decir, el día 25/11, cuando recogisteis la resolución, ¿firmasteis algo? O ¿Esto está recogido en alguna diligencia? Si simplemente la recogisteis y no firmasteis nada ni ellos tienen forma de demostrar con documentos que la recogisteis, entonces el plazo que prevalece es el del correo certificado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas