Fiscalidad en una extinción de condominio

Una extinción de condominio, en base al art. 1062 del código civil, y aplicando el art. 7.2.b del texto refundido del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos juridicos documentados, está considerado como NO SUJETO, y tributa por actos juridicos documentados, o es un hecho SUJETO a transmisiones,pero con exención?

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