Aportación a gananciales

Voy aportar a la sociedad de gananciales un piso que me he adjudicado extinguiendo el Pro indiviso con mis hermanos, compensándolos económicamente con dinero de la sociedad, quisiera saber si está exenta la operación de pagar tributos o en su defecto cual se le aplica.
Muchas gracias de antemano

1 respuesta

Respuesta
Si exenta totalmente.
Muchas gracias por tu respuesta, y quisiera terminal pidiendo tu opinión sobre si hacienda es competente para apreciar mala fe en dicha aportación en la tramitación, teniendo encuenta que la extinción se produjo hace un mes escaso y en ese caso exigirte otro tipo impositivo.
Reciba un saludo
No te entiendo, explicate mejor.
Mi temor es el siguiente: que hacienda pueda entender, que primero se ha extinguido el Pro indiviso con mis hermanos y luego he aportado en piso a la sociedad de gananciales. Con el propósito de evitar tributar por el 7% de ITP al incluir a mi esposa en la titularidad de bien.
Saludos
Pero por la extinción de pro indiviso tributarias por ITP ¿NO?
¡No! Tributé al 1%
Pues eso por la extinción del pro indiviso tributaste al 1% por AJD y por la aportación a gananciales esta exenta.
Triburtaste al 1% por que los AJD (actos jurídicos documentados) tributan al 1%.

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