Permuta y impuesto

Buenos días,
Tenía el 50% del valor de casa de mis padres y hicimos una permuta para construir allí nuestra vivienda habitual (mía y de mi marido). A mis padres les he cedido el uso del piso donde yo vivía y que es propiedad al 50% de mi marido y mía. ¿Me puedo desgravar el impuesto de incremento de patrimonio al reinvertir el valor de la permuta en una vivienda que a partir de ahora será mi vivienda habitual si en el momento de hacer la permuta era la vivienda habitual de mis padres?. Hace dos años ya declaré el valor de la permuta en la declaración de la renta aunque no me hicieron pagar el impuesto hasta que comprase la que a partir de ahora será mi vivienda habitual.

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Explicate mejor:
¿Qué es lo que has permutado?
He permutado la finca de casa de mis padres. Y ahora se han construido 14 viviendas y una me corresponde a mi pagando la diferencia.
¿Pagando la diferencia? A que te refieres...
¿El valor de tasación del piso que me he comprado es de 350.000? i se hizo una permuta por el terreno de 216.000 que 108.000 me corresponden a mi i 108.000 a mi madre. ¿El problema es que la casa que permutemos no era mi residencia habitual sino la de mis padres y mi parte la había comprado yo en 1996 por 15.000?. El problema es que firmé la permuta en octubre de 2007 y creo que la ley en cataluña se modificó posteriormente rebajando el impuesto por incremento de patrimonio. MI pregunta es: ¿Teniendo en cuenta que el dinero de incremento de patrimonio es destinado para la compra de la que será mi vivienda habitual pero teniendo en cuenta que la vivienda permutada no era mi vivienda habitual, tengo que pagar el impuesto de incremento de patrimonio?
Entendido:
No estarás exento, por que hace falta que la vivienda que verdad o permutes sea habitual.
Tendrás que pagar el la declaración de la renta el 18% de la diferencia de por cuanto lo permutaste menos por cuanto lo compraste.
Y no te asustes pero es un dinerin
gracias, ya me lo pensaba... bufffff
De nada, cierra y punta por fi

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