Sanción tributaria. Prescripción

Con fecha 14/9/2009 he recibido notificación embargo cuenta por sanción tributaria. Esta es la única notificación que he recibido, de todo el expediente, en mi domicilio las demás fueron enviadas a un anterior domicilio y después notificadas en boe. Tras pedir en hacienda la notificación anterior (24/4/20099) a esta veo que corresponde a un impuesto del 2004 Mod. 201 y que hay muchas más notificaciones anteriores todas por BOE (aclaro que soy residente y que jamás deberían haberme exigido este impuesto pero claro ellos se equivocan y pagamos los demás) .
Creo que lo más fácil es esperar a la prescripción pero no lo tengo claro. Sería el 27/07/2009. Toda notificación de sanción o embargo posterior, como la que he recibido ha prescrito. ¿Verdad?
¿Cómo se computa los plazos de prescripción de sanciones tributarias, que los suspende?
Gracias.

1 Respuesta

Respuesta
Sin lugar a dudas NO ha preescrito
Desde el día que publicaron el primer edicto en el BOE, justo a partir de ese día se suspendió el plazo de prescripción.
Por cierto el MOD 201 también el le modelo de autoliquidación del IS en su modalidad simplificada.
Cierra, puntúa y cumple las normas del foro.

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