Declaración de la renta

Gracias por todo, mi pregunta es:¿Qué quiere decir, se considerará acreditado un grado de minusvalía igual o superior al 65 %, cuando se trate de minusválidos cuya incapacidad sea
declarada judicialmente, aunque no alcance dicho grado?
- ¿Caben aquí todo tipo de minusvalía que sean declarada judicialmente,
independientemente del órgano judicial que la declaró (orden Social, Civil,
etc...), ya que así parece al estar todo englobado en el mismo párrafo del
artículo 58?
- ¿Es decir yo como contribuyente cuya Incapacidad Permanente en grado de
Totalfue reconocida por sentencia Judicial firme por el tribunal superior de justicia, ¿tiene derecho a acogerse a la acreditación de un grado de
minusvalía igual o superior al 65% para hacer la declaración de la renta?

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Respuesta
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Claro que si tienes derecho a acogerte a una minusvalía superior al 65% es más solo se puede acoger si esta reconocido o por una sentencia judicial o por la seguridad social
ese es ser acreditado como tal
el tipo de minusvalía da igual solo importa el grado de minusvalía
no olvide de valorar y cerrar la pregunta
un saludo

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