Desgravar vivienda

Hola
Resido en andalucía y trabajo en cataluña. En 2006 adquirí una vivienda vpo, en andalucía, pues encontré la posibilidad de trabajar en esa comunidad, Ahora la única posibilidad de trabajar la tengo en cataluña, y la vivienda la tengo en andalucía.
Estoy empadronado en el lugar que tengo mi casa, y estoy allí 2 días a la semana
Puedo desgravarme por esa casa, ¿dadas las condiciones en que me encuentro?
Si no encuentro trabajo allí, ¿y poder residir más tiempo tendré problemas al ser una vpo?
Muchas gracias por su consejo
Un saludo

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Respuesta
1
Siempre que vivas más de 180 días en donde estás empadronado, tienes derecho a considerar tu casa como vivienda habitual.
Es muy difícil demostrar que donde estás empadronado no vives, así que tranquilo
¿Ni siquiera cobrando la nomina en cataluña?
Puedes ser Speedy Gonzalez

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