Plazo Notificación Ejecución Títulos no Judiciales

Buenos días, he recibido hoy el decreto,auto y demanda de ejecución títulos no judiciales por una póliza de crédito impagada,el decreto y el auto tienen fecha diciembre de 2011.
No he recibido ni tan siquiera la reclamación de cantidad alguna por parte del banco.
La empresa ya se cerro y yo era avalista.
¿Existe algún plazo para la notificación? ¿Existe preescripción?

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Esta es la notificación e imagino que ha recibido en sus documentos el requerimiento de pago. La notificación de una , puede hacerse extrajudicialmente o judicialmente. La diferencia es que si usted paga la deuda ahora, no le cobran costas. Si paga después del requerimiento, se las cargarán.

Los plazos de prescripción de la deuda son de 15 años para las económicas, por lo que no ha prescrito. Por otra parte, si usted cerró la empresa pero no lo hizo en el marco de un Concurso de Acreedores, la garantía personal de usted como administrador está vigente y quizás es eso lo que reclaman.

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