Cuenta vivienda

Apreciad@ expert@ :
Desde hace 3 años abrí una cuenta vivienda, aprovechando los beneficios fiscales en las dos pasadas declaraciones de renta (incluyendo la última reciente de 2010), el pasado Diciembre el banco me mijo que el 2010 era el último año que se podía aprovechar de las deducciones fiscales, la pregunta es... ¿Debo devolver al estado los beneficios fiscales aprovechados en las dos anteriores declaraciones o todo se queda así?
Si me pueden explicar cuál sería el destino más conveniente de esta cuenta, muchísimas gracias

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Efectivamente, con el final de 2010 llegó un cambio en la fiscalidad de la vivienda. A partir del 1 de enero sólo podrá desgravar por la compra de vivienda habitual quien compre su vivienda habitual y tenga una base imponible inferior a 24.000 euros. Si ése es tu caso las cosas cambian relativamente poco (o nada si tu base imponible es de menos de 17.000 euros anuales).
Ahora, si ganas más y compras tu casa antes de cuatro años desde que abriste la cuenta vivienda, te habrías desgravado lo posible en estos tres años y lo único que no podrías desgravar a partir de ahora. Si lo que ocurre es que pasan 4 años desde que abriste la cuenta y no compras casa, entonces sí tendrías que devolver a hacienda todo lo que te has desgravado más los intereses correspondientes. No sé si te queda alguna duda, si es así, dímelo y te puntualizo lo que necesites.
Por otra parte y en cuanto al destino más conveniente del dinero... el único destino posible como tal es la compra de vivienda. Si finalmente no te decantas por esta opción y lo que buscas es una forma de invertirlo, ya depende del riesgo que quieras correr... Actualmente es un tiempo un poco convulso para la bolsa y los fondos de inversión. Si quieres algo seguro, con una rentabilidad en torno al 3%, te recomendaría decantarte por un plazo fijo a un año hasta ver cómo van evolucionando las cosas.

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