Letra de cambio asociada a clausula resolutoria

Hola, compré una casa nueva a Grupo Pinar/Lar y una parte del pago la hice con dos letras de cambio que firmé con la promotora. Ellos asociaron esta letra a la hipoteca a través de euna clausula resolutoria.
Pagué la primera, pero ahora al pagar la segunda es donde surgen mis preguntas.
Tengo unas humedades que llevo reclamando desde hace tiempo y no se hacen cargo de los arreglos.
¿Podría retener de alguna forma esta letra, o dejarla en prenda, o algo sí, hasta que me hagan los arreglos?
Me temo que si pago se olvidarán de arreglarme las humedades o al menos pasará mucho tiempo hasta que lo arreglen ... Y creo que esta puede ser una buena forma de presión.
Si no la pago, ¿me acarreará gastos aun sin ellos haber cumplido su parte?
Gracias
Miguel
Respuesta
1
Usted debe ser cuidadosa con ese asunto. Si usted no paga, la letra es ejecutiva por si misma, con independencia del problema de humedades.
La promotora, debe tener un seguro decenal ¿No tiene usted información del mismo? Si no paga, la promotora ejecutará la letra y la única manera de evitar su reclamación judicial es que usted interponga otro procedimiento judicial.
De momento y si la vivienda esta entregada, hay una responsbailidad cubierta con el seguro decenal, si no lo hay, hay una responsbailidad civil de la promotora. Antes de no pagar la letra, asesórese bien.

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