Comisión por cancelación de hipoteca

Hola y gracias de nuevo;
No se si este sera tu fuerte;pero tengo entendido que por ley desde el 2003 si cancelas totalmente la hipoteca, o parcialmente como máximo te pueden cobrar una comisión del 0,5% del capital pendiente;independientemente de las condiciones previas que firmaste.
¿Es esto así?
Un saludo
Laura
Respuesta
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¿A quién te refieres que pueden cobrarte la comisión?
Hola;
Me refiero al banco;si yo por ejemplo cancelo mi hipoteca porque vendo mi piso;me cobrarían según mis papeles firmados con el banco el 1% sobre el capital pendiente;y lo que quiero saber si esto se modifico por ley al 0,5% máximo.
Igualmente que las aportaciones totales a la hipoteca;creo que por ley se modifico que máximo era un 0,5% sobre lo que aportas;pero no estoy segura.
Un saludo
Laura
No me suena nada esto que me cuentas, pero comprueba que a lo mejor la comisión por cancelación parcial es menor que la de cancelación total. En ese caso haces una amortización parcial por el 99% del préstamo que te queda pendiente de liquidar, y dejas un euro para la cancelación total. Pero si tienes pactadas unas condiciones, no las vas a poder cambiar.
Hola;gracias por tu ayuda.
Ya indagare por internet;porque me suena que algo se aprobó sobre las cancelaciones totales.
El problema es que si yo cancelo, es porque venda mi piso;no porque tenga el dinero para cancelar mi hipoteca:)
Un saludo
Laura

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