Donación

Hola: voy a comprar un piso en Oviedo mediante una hipoteca y quiero donar ésta propiedad a una fundación sociosanitaria de Barcelona, con la condición de instrumentar unas cláusulas legales por las cuales, yo pueda residir en dicha vivienda hasta mi fallecimiento. ¿Cuál sería la forma jurídica más conveniente para mi? Y ¿Qué costes tendría el beneficiario? Y yo ¿tendría algún coste? Muchas gracias de antemano y reciba un cordial saludo: Peter Stone.

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Respuesta
Entiendo que por usufructo. En el caso de la fundación no ocnozco su fiscalidad no me puedo pronunciar, en su caso, hay unos costes de constitución de un derecho real, tributará a un 1%.
Hola: tengo entendido que el usufructo es embargable, yo había pensado en un alquiler con prórrogas forzosas hasta mí fallecimiento, salvo que dejara de pagar la hipoteca. En cuanto al 1% de costas por mi parte, ¿se calcula sobre el precio real de compra o por el valor de tasación del piso? Gracias.
Por lo que usted me está contando, su pensamiento contempla vatriables que no están incluidas en la consulta. Está pensando en un posible embargo.
He de comentarle que el servicio todoexpertos, proporciona una valoración y opinión sobre ciertos asuntos. La petición de aclaración que me planteado, envuelve una opinión jurídica que merece remuneraci´n y por tanto que debe plantear ante un profesional del derecho.
Creo que sus dudas razonablemente han sido contestadas y que explciarle cómo llevar a cabo un negocio jurídico no es cometido de este foro, es la esencia del trabajo del profesional del derecho.
Como alternativa, si no quiere contratar los servicios de un abogado, puede acudir a una Notaría, donde vaya a realizar la compra y hablar con el oficial o el Notario planteando sus intenciones. Dado que ellos tienen un interés directo en el negocio que quiere plantear, son imprescindibles al mismo, contribuirán a aclararle cualquier cuestión.

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