Aval hipotecario

Hola buenas tardes,
Soy avalista de 2 hipotecas 1 de ellas podría tener problemas en un futuro muy cercano.
¿Hay alguna forma de poner mi piso a nombre de mi hija que tiene 12 años para que llegado el momento de algún embargo por parte de estos avales no me lo puedan embargar?... ¿Mi HP es al 100% y en este momento debo 155.000? De un piso que actualmente tiene un precio de mercado un poco más bajo pero aún así no se si me convendría más una dación o tratar de conservarlo pero que no esté a mi nombre.
Muchas gracias.

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¿La situación de su piso cual es? Me dice que es avalista de dos hipotecas y una va a tener problemas.
Hableme de esas dos hipotecas de las que es avalista. Me gustaría saber cual es el saldo hipotecario y el valor del inmueble.
Le aclaro mi situación:
Tengo un piso a mi nombre pero por mi parte no hay problemas de pago, ¿debo 155.000? Con HP 100%. Debo 25 años.
Por otro lado soy aval de 2 HP más. ¿Una es normal de 150.000? Y nunca ha tenido problemas y no creo que los tenga.
La preocupación viene por la otra Hp. que es de una señora que el año pasado tuvo problemas de pago, ahora está con prórroga hasta el año que viene, mi temor es cuando le llegue la cuota normal no podrá pagar porque en este momento está cobrando solo el paro, ¿he hablado con ella para que haga la dación pero no quiere ademas que no creo que se la acepte el banco porque ella debe 200.000? ¿Y su piso en este momento ha bajado muchísimo más o menos 130.000? Aunque el banco lo ha tasado en 200 para poder hacerle la prórroga. El caso es que antes de que me lleguen los problemas por este lado quiero proteger mi piso o tramitar la dación en pago del mio para no tener nada en el momento que algo salga mal.
No se si me he explicado bien pero esto ahora que me he informado es lo que se llama avales cruzados.
Puede donar su piso. Tendrá que pagar el 10% de su valor entre impuestos, Notaria, Registro, etc. ¿Le compensa esto? Por otra parte, aunque no le embarguen el piso, le pueden embargar la nómina y otros bienes presentes y futuros, por lo que le pregunto, ¿Cree usted que merece la pena?
Si tiene tan hipotecado su piso, no se lo van a embargar. Le recomiendo, llegado el momento del impago, se aproveche de las disposiciones del artículo 640 y 641 de la LEC, para hacer frente a la situación y puede que a la fecha del problema, haya incluso una normativa más específica.
Hola, entiendo que se podría aher la donación aunque la niña tenga 12 años. Por otro lado no creo que valga la pena pagar tanto pero quería contar en últimas con esta posibilidad.
Muchas gracias, me ha servido de gran ayuda.

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