Hipoteca para extinción de condominio
Buenas noches, nos han concedido una hipoteca para extinción de condominio. Somos 4 propietaros que hemos adquirido el piso por herencia de madre. El piso es la vivienda habitual que tenían mis padres en bienes gananciales. La hipoteca es de 100.000 euros y la casa está valorada en 254.000 euros-
La forma de pago será la siguiente:
Hermano1: adquiere el bien al 100%
Hermano 2: recibe su parte del dinero
Hermano 3: se le deja a deber su parte en pago aplazado
Padre: igual que hermano 3.
Hermano 3 y padre han firmado un poder para que hermano2 firme en su nombre al encontrarse viviendo fuera de Madrid, en ese poder indican que su parte de dinero se quedará aplazada pero que dan su parte en la extinción del condominio. La gestoría del banco nos ha dicho que antes de firmar tiene que autorizar la documentación aportada (poder, forma de pago y escrituras) la Asesoría Jurídica del banco, nos han dicho que es un trámite más ya que necesitan esa figura como tal para poder firmar. Como digo la hipoteca está aprobada por los analistas. Mi pregunta es si, en la asesoría pueden ver problemas con la forma de pago cuando todos estamos conformes, y más aun cuando la vivienda será adquirida al 100% por el hermano 1 en la hipoteca, es eso, ¿sólo un trámite? Nos han informado que al banco esa forma de pago le es indiferente ya que serán siempre los primeros en cobrar en caso de impago o reclamación. Necesitamos una respuesta lo más pronto posible, mañana se supone que tenemos ya la aprobación e la asesoría para la firma en el Notario. Mucha gracias de antemano. Un saludo.
La forma de pago será la siguiente:
Hermano1: adquiere el bien al 100%
Hermano 2: recibe su parte del dinero
Hermano 3: se le deja a deber su parte en pago aplazado
Padre: igual que hermano 3.
Hermano 3 y padre han firmado un poder para que hermano2 firme en su nombre al encontrarse viviendo fuera de Madrid, en ese poder indican que su parte de dinero se quedará aplazada pero que dan su parte en la extinción del condominio. La gestoría del banco nos ha dicho que antes de firmar tiene que autorizar la documentación aportada (poder, forma de pago y escrituras) la Asesoría Jurídica del banco, nos han dicho que es un trámite más ya que necesitan esa figura como tal para poder firmar. Como digo la hipoteca está aprobada por los analistas. Mi pregunta es si, en la asesoría pueden ver problemas con la forma de pago cuando todos estamos conformes, y más aun cuando la vivienda será adquirida al 100% por el hermano 1 en la hipoteca, es eso, ¿sólo un trámite? Nos han informado que al banco esa forma de pago le es indiferente ya que serán siempre los primeros en cobrar en caso de impago o reclamación. Necesitamos una respuesta lo más pronto posible, mañana se supone que tenemos ya la aprobación e la asesoría para la firma en el Notario. Mucha gracias de antemano. Un saludo.
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Respuesta de Luis Ramon Diaz chiron suarez
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