Vivienda Protección Oficial
Hola,
Me han enviado una carta explicándome que ha habido adjudicatarios de la 1º Fase de entrega de viviendas de protección oficial del Ensanche Sur de Alcorcón que han tenido que renunciar a ella, y por se motivo me han adjudicado una a mi.
Desde que yo presenté mi solicitud ha variado mucho mi situación personal. Me he casado, he tenido un niño y vivimos en una casa, propiedad de mi marido, que él ya tenía antes de casarnos.
Me gustaría saber si el hecho de que mi marido sea propietario de un bien inmueble afecta negativamente a que yo pueda acceder a la vivienda que me han ofrecido, a pesar de que yo no tenga ninguna vivienda en propiedad.
Este es uno de los requisitos para acceder a las viviendas:
"No ser titulares de pleno dominio o de la nuda propiedad o de un derecho real de uso o disfrute sobre algún bien inmueble en todo el territorio nacional, ya sea finca rústica o urbana, cuando su valor a efectos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, según los criterios de la Administración Pública, exceda del 40% del valor de la vivienda a adquirir."
No se si el hecho de estar casada en gananciales significa que tengo un derecho real de uso o disfrute de la vivienda.
Muchas gracias y un saludo,
ELI
Me han enviado una carta explicándome que ha habido adjudicatarios de la 1º Fase de entrega de viviendas de protección oficial del Ensanche Sur de Alcorcón que han tenido que renunciar a ella, y por se motivo me han adjudicado una a mi.
Desde que yo presenté mi solicitud ha variado mucho mi situación personal. Me he casado, he tenido un niño y vivimos en una casa, propiedad de mi marido, que él ya tenía antes de casarnos.
Me gustaría saber si el hecho de que mi marido sea propietario de un bien inmueble afecta negativamente a que yo pueda acceder a la vivienda que me han ofrecido, a pesar de que yo no tenga ninguna vivienda en propiedad.
Este es uno de los requisitos para acceder a las viviendas:
"No ser titulares de pleno dominio o de la nuda propiedad o de un derecho real de uso o disfrute sobre algún bien inmueble en todo el territorio nacional, ya sea finca rústica o urbana, cuando su valor a efectos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, según los criterios de la Administración Pública, exceda del 40% del valor de la vivienda a adquirir."
No se si el hecho de estar casada en gananciales significa que tengo un derecho real de uso o disfrute de la vivienda.
Muchas gracias y un saludo,
ELI
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Respuesta de aurora123
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