Enervación fuera de Ley. Urgente

Buenas Tardes:
  Quisimos subrogar nuestra hipoteca y "nuestro" Banco Enervo. En estos diez días que le corresponde a nuestro banco
Presentar la igualación o mejora de las condiciones de la oferta de subrogación, nos hemos encontrado con que la Directora se
Salta flagrantemente cualquier Ley. La del 94, la revisada em Mayo 2009...
No soló no iguala las condiciones, sino que por ampliación del plazo, nos pide 800 euros para la Notaria. Durante estos diez
Días que vencen el lunes día 6 de Julio, nos ha venido mandando e mails, donde hacer constar claramente que no quiere
Hacer las cosas correctamente. El lunes, como te comentamos termina su plazo para que nosotros firmemos su oferta.
La ayuda que te solicitamos es: ¿Debemos presentarnos el lunes a firmar una Enervación fuera de Ley?
Obviamos presentarnos, y con los e mails de ella (que a todos los efectos nos dicen que son punibles) vamos al Banco que
¿Queríamos y hacemos la subrogación en base a una enervación incorrecta? Perdona por la premura para tu respuesta, pero
Ya ves como vamos con el tiempo...
Muchísimas Gracias y saludos cordiales
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Desconozco la norma concreta, pero la puedo consultar detalladamente si me facilita su referencia. No entiendo por lo que usted considera que es una enervación fuera de ley.
La Etidad financiera a la que han acudido, les hace una subrogación y no se si ustedes tienen muchos gastos por ello, dado que la mayoría de las Entidades si los cobran y una minoría no lo hace asumiendo ellos los gastos.
En el caso de su Banco, lo que hace es modificar las condiciones del préstamo y esto tiene costes Notariales y Registrales. Lo que deben pagar es Notario y Registro, pero no comisiones bancarias.
En cuantos si deben firmar o no, no puedo aconsejarles sin saber cómo estaba negociada la subrogacióin. No obstante la firma ante el Noatrio se puede cambiar de fecha sin problemas.
La Ley dice que mi Banco tiene que igualar o mejorar la subrogación que me ofrece el otro
Banco. Si no lo hace de esta forma, no estamos hablando de una enervación. Ya que son ellos
los que enervan se supone que deben correr con los gastos, ya que el Banco con el que yo me
quería subrogar lo costeaba todo...
No se a que referencia te refieres, si me concretas, lo miro y te la paso. Hablamos ayer
temprano con una abogada experta y nos dijo que la carta había que recogerla, ayadiendo a pie
de página que estábamos retirando a efectos de recogida una oferta ...
Gracias y saludos
Le reitero en lo que le dije. Si el Banco que le hace la subrogación corre con los gastos, es porque por política comercial quiere captarles como clientes, no porque tenga obligación de costearlo.
Con la novación pasa lo mismo. Novar, significa que se modifica el contrato inicial y aunque sea el mismo banco el que lo realiza, hay unos gastos mínimos porque las modificaciones es obligatorio que pasen por el Notario y por el Registro para que tenga efectos frente a terceros.
La diferencia entre la subrogación y la Novación no solo es que que con la subrogación cambian de banco, si no que desde el punto de vista legal, hay normas aprobadas por el gobierno que les hacen tener menos gastos.
De los gastos de Notario hay una exención de un porcentaje muy alto y lo mismo pasa con el Registro de la propiedad y ademas, no hay que pagar comisiones, cosa que con la subrogación si.
Ustedes pueden decidir hasta no firmar si las condiciones pactadas no se respetan, pero los gastos de la novación, por mucho que se empeñe no están obligados su banco a convalidarselos. La solicitud proviene de usted y usted los costea. La diferencia está en el precio, que paga mucho menos.

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