Dación en pago

Buenas, mi problema es el siguiente.
En mayo del 2006 compre una vivienda junto con mi pareja en ese momento, la vivienda se tasó en 260 euros y sacamos de hipoteca 235.
El problema empezó cuando hace un año el chico y yo rompimos, se decidió que la casa no se vendería ya que tal como estaba el mercado era preferible que se la quedará él, por otros problemas personales no se realizó ningún cambio en la escritura de la hipoteca.
Actualmente, tenemos una deuda de algo más de 6000 euros y aun queda 230 euros de la hipoteca. Hemos intentado pagar las cuotas mensuales entre los dos, pero la deuda sigue subiendo por los intereses de impago, y como ya no somos pareja es una situación insostenible seguir conviviendo juntos para sacar adelante la hipoteca, y más cuando me estoy dando cuenta que la deuda no se va a conseguir quitar (la cuota mensual es de algo más de 1400 euros).
Hemos ido en varias ocasiones a hablar con el director del banco (Banesto) para pedir ayuda aumentando la hipoteca en algunos años más incluyendo la deuda actual para poder por lo menos empezar a pagar a cero de deudas, pero se ha negado a realizar cualquier negociación, literalmente nos dijo que como nosotros hay muchos, que empecemos a pagar como sea o que esperemos el embargo...
Hace unas semanas me comentaron el asunto de la dación en pago, y este sábado iré a proponersela al director del banco (por escrito). En caso de que el banco se niegue a hacerme la dación, ¿por qué otro camino puedo tirar? Necesitamos quitarnos la casa, no nos importa tener que seguir pagando lo que quede, ¿pero claro sin entrar en listas de morosos(como ocurriría con el embargo no?) Y por supuesto separando al 50% la responsabilidad para que no podamos seguir perjudicándonos el uno al otro (en mi caso, el otro titular es quien apenas paga nada de la cuota...).
Necesito algo más de información. Muchas gracias de antemano.

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No podéis separar la responsabilidad de ninguna manera porque en la hipoteca firmasteis de forma SOLIDARIA es decir ambos respondéis de toda a deuda.
En las listas de morosidad se entra normalmente cuando desde el inicio de los impagos han transcurrido 90 días o cuando el banco iterpone la demanda en el juzgado.
La dación en pago es una opción pero solo seria valida si con ella FINIQUITÁIS LA DEUDA porque el banco es capaz de proponeros una valoración inferior y ademas de quedaros sin casa seguiríais pagando algo de deuda (si esto os lo plantean y os conviene pues adelante) en este caso podrías proponerle que de la deuda que quedara si separen la responsabilidad, pero son todo posibles opciones lo que te indico que pueden servir o no.
Yo lo que haría es pasar del director de tu oficina e irme directamente a los servicios jurídicos de la central, que es de quien depende el director de una oficina en estos casos ya que el no puede decidir nada y esta haciendo su trabajo, hacerse fuerte ante vosotros para intentar cobrar que es su cometido.
Y por ultimo decirte que no conozco ya ningún camino más, esto nos esta afectando a todos, intentar vender la vivienda l antes posible por un precio que por lo menos salde la deuda.
Muchas gracias por tu respuesta. He tenido suerte, y conozco a la chica encargada de la central que me has comentado, así que ella intentará agilizarme los trámites y que me tasen la casa lo mejor posible para que me quede la menor cantidad a seguir pasando(soy consciente de que seguiré pagando algo que no poseo, pero dado la situación con mi ex me merece la pena...). Muchas gracias de nuevo.

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