Extinción de Condominio.

Hola, he leído es post publicado en marzo de 2008 en respuesta a xaixan. Yo estoy en una situación parecida, te pongo en situación:
Mi novia tiene un piso al 50% con su anterior pareja y nos lo vamos a quedar. En principio nos dijeron que harían una extinción de condominio para sacar a la otra persona y ponerme a mi en su lugar, algo que nos rebajaría los gastos en lugar de hacer una vulgar compra-venta. Pues bien el problema viene cuando ahora el banco dice que no lo pueden hacer, que para meterme a mi hay que escriturar de nuevo, vamos que tenemos que realizar escrituras y no se que cuentas cosas más con lo que los gastos asociados a la operación se disparan hasta el 10% del valor de la vivienda.
Lo que me gustaría saber es si lo que inicialmente se iba ha hacer, ¿se puede realizar? El el caso de que si, ¿el baco se puede negar?. ¿Es la única solución el que sea mi novia quien se quede con la hipoteca exclusivamente? ¿Podría avalarla yo?.
Como se puede ver no tengo mucha idea del asunto y tengo la sensación de que el banco quiere sacar más dinero llevándonos por otro camino.
Saludos!

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Vamos a ver, una extinción de condominio es cuando (el caso más propio) dos personas son propietarias de un bien y una de las dos se queda con la parte del otro.
Si no es así ya se trata de una compra-venta y es más caa de gastos e impuestos, pero... lo que si puedes tu comprar es SOLO EL 50% del piso al ex de tu novia y obviamente solo se pagan gastos e impuestos de ese 50%.
Si primero se lo queda todo tu novia y luego te vende a ti estáis dupkicando gastos e impuestos.
Si tu compras esa parte se lo indicáis al banco y entonces el banco estudia si te acepta a ti (si tienes nomina, ingresos estables etc.es lo normal que lo acepten) para sustituir a la otra persona y liberarla de las obligaciones porque las asumes tu (eso se llama subrogación).
Otra solución es quedárselo todo tu novia y tu ser avalista, pero esa opción
1º a ti no te beneficia en nada si vas a aportar dinero para el pago de la hipoteca
2º esa opción (incluirte a ti de avalista) en impuestos os van a crujir el bolsillo
lo opción correcta es la de que tu compres esa parte a quien la vende y los gastos insisto serán sobre el importe que haya en juego es decir que se escriture como en todos los casos. Otra cosa es que pidáis al mismo tiempo alguna ampliación de la hipoteca, eso si produce más gastos, pero si la hipoteca no a movéis lo único que os puede cobrar el banco es la comisión por"subrogacion" ya prevista en el préstamo vigente, ademas es natural los gastos de notario, registro e impuestos que se originen.
Nacholon, ante todo muchas gracias por atender mi pregunta.
Ahora mismo, como tu bien dices, solo tengo dos opciones, o comprar o avalar. Al banco esto le da igual, de ninguna de las dos formas nos mantiene la hipoteca, es decir, obliga a realizar una nueva hipoteca.
El camino que vamos a emprender es el del aval, y te explico. Con la compra salen unos gastos de alrededor de 16.000 eurazos (hay que joderse con hacienda), con el aval se va a la mitad, pero si es verdad que yo me quedo al descubierto. La forma para que después yo pueda tomar parte del bien sera una vez nos casemos (que poquito me queda), pues entonces se tomara ese bien como una aportación al matrimonio. Esto según nos han explicado también llevan unos coste pero muy inferior al de realizar la compra.
Nuevamente muchas gracias,
Saludos.

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