Importe en escrituras

El tema es así:
Yo tengo una casa VPT que en escrituras tiene el valor de 124.000 euros ( no se la cifra exacta ahora mismo)
He pedido autorización a la Comunidad autónoma y me dicen que la puedo vender por 205.000 euros porque el precio del módulo ha subido, pero nunca en libre.
La voy a vender por lo legal, pero he aquí el problema.
¿Tengo qué cambiar las escrituras para que figure el nuevo precio del módulo?
¿La debe cambiar el comprador?
¿Cómo se hace esto?

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Vd., tiene unas escrituras que deberán ser modificadas por el notario en el momento en que se realice la compra-venta, así pues, el precio final que figure será el que pacten vd., y el comprador ya que sobre él se valoraran los impuestos a devengar, el importe que vd., gane con el piso respecto de las escrituras tendrá la consideración de plusvalía. A ambos les conviene, como hace el común de los mortales, cobrar/pagar una parte en dinero B y escriturar por algo menos el inmueble.
¿Cuánto es el importe o el % que se debe pagar por plusvalía?
En este caso, dependerá que esa plusvalía se re-invierta o no en primera residencia, si el dinero se reinvierte creo que está exento de tributación, en caso contrario creo que se aplica un 18%.
Hola de nuevo.
Perdona que te pregunte tanto, pero necesito no dejarme nada en el tintero.
Entiendo lo que me quieres decir, pero no me queda claro el concepto reinvertir.
Mi vivienda es de precio tasado, por lo que la ganancia que le pueda sacar al piso será lo que me marque el precio del módulo marcado por la Comunidad Autónoma.
Entiendo que ese dinero de más, tendré que declararlo y hacienda me meterá un % de plusvalía, pero repito yo no tengo nada que ver con el precio final, sino la comunidad. Y realmente no es ganancia que yo gestione sino lo legal de venta. ¿Esto no estará exento? encima que soy legal... je je
Si por ejemplo, según marca el precio, "saco" 100.000 euros y estos son para pagar parte del nuevo piso y por lo tanto vivienda habitual que me quiero comprar, ¿es deducible y en que porcentaje?
Saludos y de nuevo gracias.
En el caso de que el importe total de la venta se invierta en nueva vivienda (siempre que esta sea primera residencia) creo que está totalmente exento de tributación aunque está condicionado a un periodo concreto.
De todos modos, lo mejor que puedes hacer en este caso es llamar a la Agencia Tributaria y te resolverán la duda.

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