¿Subrogación o cancelar y abrir?

Hola buenas, mi duda es la siguiente; se puede ampliar el capital( aunque solo sea para los gastos notariales, registro, gestoría, et) al subrogarte a otro banco. ¿Es necesario tasar la vivienda para subrogarte a otro banco).
todos dicen que es mas barato subrogarte que cancelar y formalizar otra hipoteca;¿Por qué).
Muchas gracias..

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Te respondo a tus preguntas:
En primer lugar, cuando cambies de entidad en efecto puedes hacer una ampliación del capital, aunque el importe que te permitan ampliar dependerá de la nueva tasación, la cuál deberás hacer para que la entidad sepa el posible valor de tu vivienda lo más actualizado posible. De todas formas, los gastos de tasación no suelen ser precisamente los más altos en cualquier operación hipotecaria.
Mejor dicho, técnicamente una subrogación no permite modificar condiciones ni de importe ni de plazo, lo que pasa es que normalmente, en el mismo acto en notaría, el banco puede permitir tras firmar la subrogación, hacer una ampliación de la hipoteca y modificar estos importes para que puedas hacer frente a los gatos. Pero claro, como ya he escrito arriba, todo dependerá del valor de la vivienda y de tu capacidad de endeudamiento.
En cuanto a los gastos, efectivamente, la subrogación siempre será más barata que la cancelación, ya que no está sujeta al pago de impuestos, que esos sí suelen encarecer una operación. Además los gastos de notaría, registro, etc también suelen ser más bajos que en la apertura de una nueva.
Eso sí, la subrogación se dilata más en el tiempo que una cancelación ya que hay que esperar a que la primera entidad decida si mejorar o no sus condiciones iniciales.
Muchas gracias por la aclaración, la verdad es que me has ayudado porque he buscado por varias páginas pero nadie aclaraba bien el tema de la subrogación. Gracias de nuevo y un saludo.

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