Embargo de nomina vinculado a la vivienda

mi duda es relacionada aun préstamo personal que se realizo y para concederlo se avalo con una vivienda. Dicha vivienda es al 50 % de mi mujer y mía. Este préstamo personal lo firmo ella sin mi conocimiento y ahora tras no pagar las mensualidades a decidido embargar la nomina de la mujer y si en el caso de que se vendiera la vivienda este préstamo se lo cobraría de igual modo. Gracias

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Cuando se firma un préstamo en calidad de avalista, se avalan con todos los bienes presentes y futuros. Esto supone que en caso de incumplimiento, primero se embargan cuentas corrientes, en segundo lugar ingresos, rentas, frutos y tercero, bienes muebles o inmuebles.

Como usted no firmó, solo se vería involucrado el 50% del patrimonio ganancial. Si usted vende la vivienda y no hay embargo trabado, la reclamación se centraría en el embargo de cuenta corriente, nómina o bienes muebles o inmuebles por orden.

una ultima aclaración, el embargo esta trabado a la hipoteca y esto afectaría en caso de separación o divorcio. Si la vivienda se vendiera correspondería el pago de este embargo a la persona que en su día firmo o bien a ambas. Gracias

Entiendo que el embargo se ha trabado sobre el 50% de su vivienda. Sigue habiendo un solo deudor, el banco no puede reclamar ni embargar bienes distintos al titular del crédito o avalista. Lo que si puede hacer es intentar ejecutar la propiedad y llevar a subasta el 50% de la propiedad. Dependerá del valor del bien inmueble y el importe de la deuda.

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