Embargo de bienes

Hola, y de antemano gracias por atenderme .
Mi situación es la siguiente, hace un tiempo tuve una empresa la cual fue bastante mal, y ahora acumulo deudas con varias entidades, algunas las estoy pagando y voy al día, pero en concreto tengo varias que me es imposible cancelar. En consecuencia estos meses estoy recibiendo notificaciones y supongo que serán para requerirme el pago de estas, al cual yo no puedo hacer frente, tengo entendido que primero embargan los bienes, y el único bien que poseo es un coche que poseo a medias con mi ex pareja, estando los 2 como propietarios del vehículo., ¿Este vehículo seria embargable, o nos lo podrían retirar?
Mi otra pregunta es si cuando me estén ejecutando un embargo en la nomina en el mismo tiempo me estarán embargando las cuentas, ya que yo cobro por transferencia y eso me dejaría sin dinero para vivir .
Gracias por la atención y un saludo

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El procedimiento de ejecución lleva consigo durante el trámite el requerimiento al deudor para que este facilite bienes a su nombre con el fin de trabar embargo. Si no cumple este trámite el juzgado lo hace de oficio.
También se regula en la nueva LEC que si el embargo trabado sobre el vehículo (si se produjere) fuera superior al valor del mismo, se puede pedir el levantamiento del mismo, con lo que si el coche está a nombre de ambos, pero la deuda solo es de usted, el vehículo podría embargarse en un 50% y probablemente pedir el levantamiento del embrago sobre él.
Con respecto al embargo de las nóminas, tiene que saber que no es embargable al 100%, sino que le limitarán el embargo a un 40% máximo de lo disponible. Si quiere evitar un embargo mayor, le animo a que atienda las notificaciones y si se emprende un procedimiento judicial, se persone en el mismo, pues una situación en rebeldía agravará sus consecuencias.
Le digo más, si lo único que tiene y está a su nombre es un vehículo y puede disponer de un avalista o inmueble, quizás es el momento de negociar una quita con todos y ordenar sus pagos.
Esta claro que esta situación no me satisface en absoluto y de hecho la gran mayoría de las deudas están renegociadas de tal manera que las puedo pagar, pero las adquiridas con el bbva no me han dado esta opción, por supuesto que voy a personarme en el juzgado ya que o tengo nada de lo que avergonzarme, y tengo que pagar las consecuencias de mis hechos, de todas formas gracias por sus palabras, como ultima aclaración: ¿Cuándo ejercen embargo sobre el vehículo lo retiran o se lo llevan al no estar el 100% a mi nombre?
De momento, no se lo llevan. Si le embargan el coche, será el 50% no la totalidad y no se lo podrán quitar. De todos modos, si le embargaran el 50% del coche y no fuera suficiente para el pago, puede pedir el levantamiento del embargo.

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