Hipoteca

Buenas tardes.He comprado una casa que fue construida en el año 1984 nunca había sido inscrita en el registro de la propiedad y ahora que la he inscrito quisiera saber si la puedo hipotecar, pues me pone en la escritura que la finca a que se refiere el presente documento resulta gravada por cuatro años al posible pago del impuesto y por dos años con las limitaciones del articulo 207 de la ley hipotecaria, y si no puedo ahora hipotecando otra propiedad que no tenga esa limitación para cubrir los dos años que no se puede hipotecar la otra, se podrían hipotecar las dos propiedades para que sirvan de aval ya que la propiedad que no tiene esa limitación no me daría para cubrir todo el aval que necesito. Muchas gracias por su tiempo y un saludo.

1 respuesta

Respuesta
1
Esto es un problema de inmatriculación y, efectivamente, no lo puedes hipotecar o gravar de cualquier forma hasta los dos años según los art. 207 y 205 de la L.H., tienes que ocuparte de que el ayuntamiento publique los edictos referentes a tu casa, ya que tal publicación será necesaria para, dentro de dos años, poder levantar la limitación e hipotecar en su caso.
En cuanto a otra propiedad, por supuesto la puedes hipotecar y, si no te alcanza, solicitar ctédito personal por el resto, pero en ningún caso podrás hipotecar la inmatriculada.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas