Iva en sociedad civil

Hola, somos una sociedad civil constituida por dos autónomos, llevamos desde Octubre de 2011 constituidos. Facturamos cosas a nombre de la empresa como es normal, con su cif y tal, pero hay cosas que tenemos facturadas porque todavía no hemos cambiado la titularidad, como por ejemplo los teléfonos móviles personales, pagina web, etc cosas que son claramente para el desempeño de nuestras actividades empresariales.
Al hacer la declaración del IVA de enero, esto es, el modelo 390, podemos contabilizar como iva soportado, estas facturas personales aunque estén a nombre personal? En un futuro próximo lógicamente tenemos pensado cambiarlo todo a nombre de la empresa, un saludo
Respuesta
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Si ustedes lo contabilizan a nombre de la sociedad, siendo las facturas personales, pueden tener problemas y tener un expediente sancionador.
Que un gasto sea para la sociedad, no significa que lo sea deducible si el titular es otro... y mas en el caso de un teléfono móvil...
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