Minorista a través de Internet

Estoy pensando en crear una empresa de venta de muebles a través de internet. Me gustaría saber cuáles son los pasos a seguir, dónde hay que darse de alta...
En principio yo sería la única empleada.
Me gustaría cuánto me pueden suponer los impuestos (IAE, etc.), lo siento pero no tengo ni idea. He oído que recientemente la ley ha cambiado y los impuestos se han eliminado para los empresarios individuales y las pymes, ¿es correcto?

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La puesta en marcha de una empresa vía virtual, es la misma que la creación de una, en el ámbito real y práctico del tráfico de empresas.-
Lo primero decidir el tipo de personalidad jurídica que se quiere para la nueva empresa: 1. - Persona física, empresario por cuenta ajena 2. - Persona jurídica, a través de una sociedad tal como, S.L., S.A., etc.-
Decidido esto, los pasos a seguir son los siguientes:
Otorgar ante Notario escritura de constitución si la forma adoptada es la de persona jurídica.-
Alta en la correspondiente Delegación de Hacienda, de IAE y obligaciones fiscales
( Independientemente de que hoy se diga que el IAE deja de ser un impuesto, existe obligación de censo de actividades).
Alta en Seguridad Social, en el régimen especial de autónomos por cuenta propia ( personas físicas) o autónomos societarios ( personas jurídicas, sociedades). -
Alta de la patronal correspondiente para la afiliación de trabajadores y adhesión a Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo.-
Obtención del libro de visitas y las hojas de reclamaciones., como medida de protección a los consumidores.-
En el ámbito municipal, si se va a contar con establecimiento abierto al público, la correspondiente licencia de actividades para el ejercicio de la misma.-
Como singularidad específica, dicha actividad también se sujeta a la Ley de Servicios de la Sociedad de Información y de Comercio Electrónico 34/2002 de fecha 11 de julio.-
En relación al tema de que los impuestos, al parecer de momento, desaparece el Impuesto de Actividades Económicas, que a partir del año 2003, estará exento.-
El resto de los impuestos IVA y Renta, en tú caso, no pueden calcularse a priori, ya que el resultado de los mismos, nos vendrá dado a lo largo del desarrollo de la actividad.- La actividad de comercio menor muebles, no está sujeta al sistema objetivo de módulos que, nos podría en principio dar indicio de ellos, habrá que esperar trimestralmente esos resultados.-

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